Acuerdo N° 71. Por el cual se establecen medidas transitorias de alivio económico para los contribuyentes del municipio de aguadulce, afectados por la pandemia, enfermedad coronavirus covid-19.

Fecha de publicación18 Octubre 2022
Fecha30 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29646-B Gaceta Oficial Digital, martes 18 de octubre de 2022 1
(
ACUERDO
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71
(De 30
de
agosto
de
2022)
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Por el cual se establecen medidas transitorias de alivio
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b yentes
Municipio de Aguadulce, afectados
por
la
Pandemia, enfermedad Coronavirus CO\?it?,-
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EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
AGUADULCE,
CONSIDERANDO:
del
Que el Artículo 234 de la Constitución Política de
la
República
de
Panamá establece que las autoridades
municipales tienen el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución y Leyes de
la
República, los
decretos y órdenes del Ejecutivo y las resoluciones de los tribunales de
la
justicia ordinaria y
administrativa;
Que el Artículo 242 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá establece que es función
del Consejo Municipal, sin perjuicio de otras que la
Ley
señale, expedir, modificar, reformar y derogar
Acuerdos y Resoluciones municipales;
Que el Artículo
15
de
la
Ley 106
de
8 de octubre de 1973, modificada por
la
Ley 52 de 1984, establece
que los Acuerdos, Resoluciones y demás actos de los Consejos Municipales y los decretos de los
Alcaldes sólo podrán ser reformados, suspendidos o anulados
por
el mismo órgano o autoridad que los
hubiere dictado y mediante
la
misma formalidad que revistieron los actos originales;
Que
el
Artículo 38 de
la
Ley
106 de 8
de
octubre de 1973, modificada
por
la ley 52 de 1984, establece
que los Consejos Municipales dictarán sus disposiciones
por
medio
de
Acuerdos o resoluciones que
serán de forzoso cumplimiento
en
el distrito respectivo
tan
pronto sean promulgadas, salvo que ellos
mismos señalen otra fecha para
su
vigencia;
Que existen contribuyentes que
no
han podido cumplir con sus obligaciones de pago de impuestos
municipales, producto de
la
pandemia, enfermedad Coronavirus COVID-19 y se han visto afectados
en sus operaciones, con el cierre parcial, eventual y hasta permanente, creando una inestabilidad
económica, con gran número de personas desempleadas;
Que el artículo 57 de
la
Ley 106 de 8 de octubre
de
1973, sobre Régimen Municipal, modificada por
la
Ley 52 de 12 de diciembre de 1984,
en
su numeral 18 establece entre otras atribuciones del Tesorero
Municipal,
la
de presentar proyectos de Acuerdo declarando moratorias o regímenes especiales para el
cobro de impuestos;
Que el Tesorero Municipal de este distrito ha solicitado al honorable Concejo Municipal establecer
medidas transitorias de alivio económico
para
Jos contribuyentes del Municipio de Aguadulce
afectados por
la
Pandemia Coronavirus COVID-19, enfermedad que
ha
dejado secuelas económicas a
personas naturales y jurídicas;
ACUERDA
ARTÍCULO
l.
Establecer medidas transitorias
de
alivio económico para los contribuyentes del
Municipio de Aguadulce, afectados
por
la Pandemia, enfermedad Corona virus COVID-19.
ARTÍCULO
2.
Los contribuyentes del Municipio de Aguadulce,
ya
sean personas naturales o jurídicas,
podrán acogerse a las siguientes medidas transitorias de alivio económico:
1.
Los contribuyentes,
ya
sean personas naturales o jurídicas que adeuden más de dos años
la
tasa
de aseo del servicio
de
recolección
de
basura, serán exonerados del pago de recargos e intereses
si cancelan los dos últimos años. Los años anteriores les serán exonerados del pago
de
aseo.
No. 29646-B Gaceta Oficial Digital, martes 18 de octubre de 2022 2
Pá9.2
Acuerdo No.TL de 30 de asosto de 2022
2. Los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas morosos en el pago de los impuestos
municipales...
3. Los propietarios de vehículos a motores, motos, automóviles, bicicletas y similares que deban
más de dos años de impuestos municipales de circulación (placas), serán exonerados del pago
de recargos e intereses si cancelan los dos últimos años. Los años anteriores les serán
exonerados del pago del impuesto.
4. De no tener la existencia de la placa o los stickers, se les extenderán permisos de circulación,
siempre que tengan su póliza de seguro vigente.
ARTÍCULOp, Este Acuerdo rige a partir de su aprobación, sanción, y promulgación y termina el 31
de diciembre'de2022.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONCEJO
TREINTA (30) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DMLINICIPAL DE AGUADULCE, A LOS
úrL VETNTTDOS (2022).
4," d-Cl;""-)/(
H.C. Eric Antonio Chiari Núñez
Presidente de Concejo Municipal
ALCALDÍA MUNICIPAL
Licdo. Ltiis
Secretario
AGUADULCE.
González
Concejo
Aguadulce, t)( de septiembre de2022
SANCIÓN
VISTOS:
SeapruebaentodassusparteselAcuerdoMunicipalNo.Tl de30deagostodedosmilveintidos(2022),
por el cual se establecen medidas transitorias de alivio económico para los contribuyentes del
Municipio de Aguadulce, afectados por la Pandemia, enfermedad Coronavirus COVID-19.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE il_luá@
Licda. Yatcenia D.
Secretaria General de
de Tejera
la Alcaldía
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