Acuerdo N° 8-2021. Por el cual se modifica durante la vigencia del año 2021, el código 1.2.4.1.25 denominado servicios de piquera, el cual mantiene una tarifa de impuesto de cinco balboas con 00/100 (b/.5.00) mensual por unidad, cabe señalar que la tarifa antes citada fue aprobada en el actual régimen impositivo mediante el acuerdo no.09 del día 11 de noviembre de 2020, la modificación en cuestión corresponde a que durante la vigencia del año 2021 se les cobrará la cifra de dos balboas con 50/100 (b/.2.50), entendiéndose que a partir del 1 de enero del año 2022 se retornará a la tarifa establecida o tipificada en el actual régimen impositivo, lo anterior en referente al servicios de piquera, es decir la tarifa de cinco balboas 00/100 (b/.5.00).

Fecha de publicación31 Agosto 2021
Fecha19 Mayo 2021
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LAS MINAS / HERRERA
No. 29365 Gaceta Oficial Digital, martes 31 de agosto de 2021 1

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