Acuerdo N° 82. Por medio del cual se aprueba contrato de compra venta de terreno municipal.

Fecha de publicación02 Agosto 2023
Fecha13 Junio 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE AGUADULCE / COCLÉ
No. 29838-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 02 de agosto de 2023 1
ACUERDO .
82
(De
13
de
junio
de
2023)
Por medio
del
cual se aprueba contrato de compra venta
de
terreno municipal.
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE
AGUADULCE,
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
31
del
Acuerdo
Municipal Nº.25
de
19
de
marzo
de
2019,
que
dicta
disposiciones relativas a la venta, uso, arrendamiento y adjudicación de lotes y tierras
municipales señala que "Cumplidos los trámites y requisitos para la adjudicación definitiva de
terrenos municipales,
el
Alcalde remitirá
al
Concejo Municipal
el
Proyecto de Acuerdo para la
aprobación del Contrato de Compra Venta, Arrendamiento o uso, con el expediente que debe
contener todos los documentos exigidos por el presente Acuerdo Municipal y las disposiciones
legales que le sean aplicables"
Que a través de solicitud de adjudicación de terreno municipal, número de registro 023-2022
de 30 de agosto de 2022, ADRIANA
MICHELL
CARRIÓN MARÍN, mujer, panameña,
mayor de edad, portadora de
la
cédula de identidad personal Nº.9-714-2400, solicita la
adjudicación a título de plena propiedad, por venta de un (1) lote de terreno ubicado en
La
Loma, Corregimiento El Roble, Distrito de Aguadulce, el cual se describe en el Plano
Nº.020103 43019, inscrito en
la
Autoridad Nacional de Administración de Tierra, Dirección
Nacional
de
Mensura Catastral Coclé, el dia tres (3) de junio de 2022. Dicho lote de terreno
tiene una superficie de CUATRO
MIL
SEISCIENTOS VEINTICINCO METROS
CUADRADOS CON VEINTIÚN DECÍMETROS CUADRADOS (4,625.21M2
),
perteneciente a las áreas adjudicables de
la
finca Folio Real
.14689, Código de Ubicación
.2003, Rollo Nº.4994, Documento Nº.3, propiedad del Municipio de Aguadulce,
comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Resto libre del Folio Real
.14689,
Código de Ubicación Nº.2003, Rollo Nº.4994, Documento Nº.3, propiedad del Municipio de
Aguadulce, ocupado por AmeliaEscudero; Sur: Resto libre del Folio Real Nº.14689, Código
de Ubicación Nº.2003, Rollo Nº.4994, Documento Nº.3, propiedad del Municipio de
Aguadulce, ocupado por Fermina Jaén; y Resto libre del Folio Real
.14689, Código de
Ubicación Nº.2003, Rollo Nº.4994, Documento Nº.3, propiedad del Municipio de Aguadulce,
ocupado por Darlo Agrazal; Este: Calle sin nombre; y Oeste: Folio Real Nº.6148, Código de
Ubicación Nº.2001, propiedad
de
José Dolores Precilla y otro.
Que con la solicitud presenta tres copias de planos del terreno; informe de mensura, ocho
balboas de timbres, paz y salvo municipal, hoja de colindantes, informe técnico de inspección,
publicaciones de edictos en la Alcaldía, en la Gaceta Oficial Nº.29654 de 28 de octubre de
2022, en
el
periódico de circulación nacional
La
Estrella de Panamá, los días 10,
11
y
12
de
octubre de 2022 y
en
la Casa de Justicia Comunitaria de Paz del Corregimiento El Roble.
Que cumplidos los trámites y habiendo lugar a
la
adjudicación definitiva, el Alcalde Municipal
del Distrito de Aguadulce, mediante Resolución Nº.10-2023 de 04 de abril de 2023 declara a
ADRIANA
MICHELL
CARRIÓN MARÍN, mujer, panameña, mayor de edad, portadora de
la cédula de identidad personal
.9-714-2400, compradora legítima del lote de terreno antes
descrito, con derecho a que se le expida la correspondiente escritura pública, con las
restricciones de ley.
Que el costo del terreno se fijó
en
la suma de
MIL
CIENTO
ONCE
BALBOAS (B/.1,111.00),
suma cancelada totalmente en
la
Tesorería Municipal, con
el
Recibo Nº.450963 de
12
de abril
de 2023.

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