Acuerdo N° 83. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de fosa del cementerio municipal del distrito de san miguelito de la señora marta alicia lópez lópez (q.e.p.d.).

Fecha de publicación05 Septiembre 2022
Fecha19 Julio 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29615 Gaceta Oficial Digital, lunes 05 de septiembre de 2022 1
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. REPÚBLICA DE PANAMÁ
MUNICIPIO DE SAN MIGUEJLITO
CONCEJO
MUNICIPAL DE SAN
MIGUELITO
ACUERDO
No.
83
(Del 19 de julio de 2022)
"Por
medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto de
fosa del Cementerio Municipal del Distrito de San Miguelito de la
Señora MARTA ALICIA LÓPEZ LÓPEZ (Q.E.P.D.)"
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el Pleno de esta Cámara Edilicia se
ha
presentado solicitud de exoneración de impuesto
por
el
pago de fosa en el Cementerio Municipal de San Miguefüo de la señora :MARTA ALICIA LÓPEZ
LÓPEZ (Q.E.P.D).
Que, luego de
una
amplia explicación
la
solicitud fue analizada, revisada, discutida y aprobada en Sesión
Ordinaria Municipal, por lo que luego del análisjs realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es
oportuno y pertinente acceder a la misma.
Que, es facultad del Concejo Municipal establecer exenciones y exoneraciones de impuestos, derechos
y tasas de conformidad con el Artículo 248 de
la
Constitución Política de
la
República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, estabiece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del
respectivo distrito.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, como
en
efecto aprobamos, la exoneración completa del
impuesto de fosa
en
el Cementerio Municipal de San Miguelito de la señora MARTA ALICIA LÓPEZ
LÓPEZ (Q.E.P.D.), con cédula No. 10-707-1316,
~i.
favor de
su
hermano MARTILIANO BARSALLO
LÓPEZ,
con
cédula No.10-706-1886,
por
la suma de DOSCIENTOS OCHENTA BALBOAS
(B/.280.00).
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a
la
Dirección de Tesorería,
para que realicen las adecuaciones con-espondientes y no se vean afectadas las finanzas municipales y
así no se proceda con el cobro de dicho gravamen haciendo
la
aclaración que dicha exoneración será
aplicable exclusivamente
por
el monto establecido
en
el artículo anterior.
ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo empezará a regir a partir de
su
aprobación, sanción y
promulgación.
Dado
en
el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Distrito de San Miguelito, a los diecinueve ( 19)
días del
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de julio, del año dos mil veintidós (2022).
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Vicepresidenta del Concejo Municipal

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