Acuerdo N° 88. Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto vehicular a favor de la señora vanessa indira de gracia.

Fecha de publicación05 Septiembre 2022
Fecha02 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUELITO / PANAMÁ
No. 29615 Gaceta Oficial Digital, lunes 05 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN
MIGUELITO
ACUERDO No.88
(Del 2 de agosto de 2022)
"Por medio del cual, se aprueba la exoneración completa de impuesto .vehicular a
favor de la señora V ANESSA INDIRA DE GRACIA." . ·
.'
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE SAN
MIGUELITO
CONSIDERANDO:
Que, ante el pleno de esta Cámara se ha presentado solicitud de exoneración completa de impuesto
vehicular a favor de la señora V ANESSA INDIRA DE GRACIA, con cédula de identidad personal No.8-
703-1893, que mantiene inscrito sus vehículos
en
el Municipio de San Miguelito.
Que, la petición fue analizada, revisada, discutida y aprobada por urgencia notoria de la Sesión del
Concejo, por lo que luego del análisis realizado, ésta Cámara Edilicia considera que es oportuno y
pertinente acceder a la prescripción de los contribuyentes que mantienen inscritos sus vehículos en el
Municipio de San Miguelito.
Que, es facultad del Concejo Municipal conceder exenciones o exoneraciones de impuestos, derechos y
tasas, de conformidad con
el
Artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá.
Que, el Artículo 14 de
la
Ley 106 de 8 de octubre de1973, establece que: Los Concejos Municipales
regularán la Vida Jurídica de los Municipios por medio de Acuerdos que tienen fuerza de Ley dentro del
respectivo distrito. ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
RECONOCER,
como en efecto lo hacemos, la exoneración completa de
impuesto vehicular a favor de la señora V ANESSA INDIRA DE GRACIA, con cédula No. 8-703-1893,
propietaria de los vehículos con placa No.368117 y placa No.368119, por la suma de OCHOCIENTOS
DIECISIETE BALBOAS CON SESENTA CENTAVOS (B/.817.60) y sacarlo de circulación.
ARTÍCULO
SEGUNDO: Notificar del contenido del presente Acuerdo a la Dirección de Tesorería
Municipal y al Departamento de Vehículo, para que realicen las adecuaciones correspondientes y no se
vean afectadas las finanzas municipales y así no se proceda con
cd
cobro de dicho gravamen.
ARTÍCULO
TERCERO:
Este Acuerdo empezará a regir a parti.r de su aprobación, sanción y posterior
promulgación

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