Acuerdo N° 9. Por el cual el consejo municipal del distrito de río de jesús, aprueba modificar los artículos 19, 41, 42 y 43, de las ausencias del reglamento interno del personal del municipio de río de jesús, aprobado mediante el acuerdo municipal no.20 de 25 de octubre de 2017.

Fecha de publicación10 Febrero 2023
Fecha15 Septiembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE RÍO DE JESÚS / VERAGUAS
No. 29720 Gaceta Oficial Digital, viernes 10 de febrero de 2023 1
REPUBLICA DE PANAMÁ
PROVINCIA DE VERAGUAS
DISTRITO DE RíO DE JESÚS
CONCEJO MUNICIPAL DE RíO DE JESÚS
ACUERDO N" 09
(De lS de septiembre de 20221
-POR EL CUAL EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE RIO DE JESUS, APRUEBA
MoDlFlcAR Los ARTÍcuLos 19', 41",42o y 43o, DE LAS AUSENCTAS DEL REGLAMENTo
INTERNO DEL PERSONAL DEL MUNlctPto DE Rio DE JESúS, npnoeÁoo MEDTANTE EL
ACUERDO MUNICIPAL N'20 DE.25 DE OCTUBRE DE 2017".
EL coNcEJo MUNICIPAL DEL DlSTRlro DE Rlo DE JESúS EN pLENo USo DE SUS
FACULTADES LEGALES Y;
CONSIDEMNDO:
Que el artículo 14 de la Ley 106 de 1973 dispone que los concejos Municipales regularan la vida
juridica del Municipio por medio de Acuerdos que tienen fueza de Ley dentro del respectivo
Distrito.
Que el nurneral I del artíq¡lo 242 de la Constitución Política de la República de panamá,
establece que es función delConsejo Municipal, sin perjuicio de otras que la Ley señale, expedir,
modificar, reforrnar y derogar acuerdos Municipale., "n to referente a: Las materias vinculadas
a las c e! municipio, según la Ley. Los acuerdos municipales tienen fuerzade Ley
dentro rnunicipio
Que elartículo 22delAcuerdo Municipal N" 20 de 25 de octubre de2e17, que dicta el Reglamento
Interno del personal del Municipio de Río de Jesús, establece que todo empleado tiene derecho
a las licencias que establece el reglamento y se tramitarán y autorizaran por el Alcalde o el
Consejo Municipal.
Que mediante acuerdo N'07 de 28 de junio de 2022, se aprueba modificar el Artículo 27" de
licencias especiales, del Reglamento Interno del Personal del Municipio de Río de Jesús,
Aprobado mediante er Acuerdo Municipar N" 20 de 25 de octubre de 2017,,
AGUERDA:
ARTÍcuLo PRIMERo: APRoBAR modificar el Artículo 1g', del Reglamento Interno del personal
del Municipio de Río de Jesús, aprobado mediante elAcuerdo Municipal N" 20 de 2b de octubre
de 2017, queda de la siguiente manera:
Se considera ausencia, el acto de no concurrir al trabajo, cualquiera que sea el motivo.
Las ausencias puedan ser justificadas e injustificadas. (Artículo 40 y 41).
Las ausencias injustificadas por tres (3) días consecutivos se consideran cgmo abandono
def cargo, produciéndose como consecuencia de ello la destitución.
ARTÍGULO SEGUNDO: APROBAR modificar elArtículo 41" deAUSENC|AS tNJUSTIFtCADAS,
del Reglamento Interno del personal del Municipio de Río de Jesús, aprobado mediante el
Acuerdo Municipal N" 20 de 25 de octubre de 2017, queda de la siguiente manera:
ARTICULO 4I":
De las ausencias injustificadas. Se considerarán ausencias injustificadas cuando el
funcionario municipal se ausente de manera temporal o por tiempó o"tn¡oo de su puesto
de trabajo injustificadamente. Cada ausencia injustificada conlleva el descuento de salario
correspondiente al día de su ausencia.

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