Acuerdo N° CM-22-2023. Por medio del cual se incorpora al presupuesto del municipio de antón para la vigencia fiscal 2024 un crédito adicional por la suma de trece mil doscientos cinco balboas con noventa y cuatro centavos b/. 13,205.94, provenientes del gobierno central.

Fecha de publicación10 Enero 2024
Fecha27 Diciembre 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE ANTÓN / COCLÉ
No. 29946-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de enero de 2024 1
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
PROVINCIA DE COCLÉ
DISTRITO DE ANTÓN
ACUERDO No. CM-22-2023
Del
27
de diciembre
de
2023
Por Medio del cual se incorpora al Presupuesto del Municipio
de
Antón para la
Vigencia Fiscal 2024 un Crédito adicional por la suma de trece mil doscientos cinco
balboas con noventa y cuatro centavos B/. 13,205.94, Provenientes del Gobierno
Central.
El Concejo Municipal del distrito de Antón en uso de sus facultades legales
y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el articulo No 14 de la ley 106 del 8 de octubre de 1973 modificada
por la ley 52 de 1984 se establece que "Los consejos Municipales regulan la vida
jurídica de los Municipios
por
medio de Acuerdos que tienen fuerza de ley dentro
del respectivo Distrito".
Que mediante Acuerdo No.CM-27-2022
de
29 de Diciembre
de
2022 se aprobó el
Presupuesto
de
Rentas y Gastos del Municipio
de
Antón, para el período fiscal
comprendido del primero de enero al
31
de diciembre
de
2023.
Que dentro del Presupuesto se contempla en el Artículo 20 y siguientes del referido
Acuerdo, lo concerniente a la posibilidad
de
expedición
de
Créditos Adicionales que
pueden ser Extraordinarios y suplementarios
y,
además, se contempla en el Artículo
21
del presupuesto vigente el procedimiento a seguir para la obtención
de
los
créditos adicionales y expresa:
"Artículo 21: Viabilidad de créditos adicionales: Los créditos adicionales serán
viables cuando exista un superávit o excedentes en el presupuesto de ingresos o
exista un ingreso que no haya sido incluido en el presupuesto
de
ingresos."
También se contempla en el parágrafo primero del artículo 22 del Acuerdo
de
Rentas y Gastos 2023 lo siguiente:
"Artículo 22:
Plazo
para créditos adicionales:
El
alcalde presentara
la
solicitud de
crédito adicional desde el 1 de febrero hasta el 30 de octubre 2023.
Parágrafo1: El Consejo Municipal, a solicitud expresa del Alcalde del Distrito, está
facultado para considerar créditos adicionales fuera
de
los períodos estipulados en
este articulo y la Comisión de Hacienda del Consejo Municipal, debe darle trámite
correspondiente.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar un crédito extraordinario
de
ingresos y egresos
por
un monto de Trece mil doscientos cinco balboas con noventa y cuatro centavos
(B/13,205.94), gestionados por el señor Alcalde Municipal para apoyo a pescadores
del Distrito el cual se detalla de la siguiente forma:
INGRESOS:
CODIGO DETALLE PRESUPUESTO
VALORA
SALDO
CTA. INCREMENTAR PRESUPUESTO
MODIFICADO
INGRESOS
123155 GOBIERNO 650,000.00 13,205.94 663,205.94
CENTRAL

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