Acuerdo N° G.O-004-2023. Por medio del cual se aprueba el presupuesto de ingresos, funcionamiento e inversión anual de la vigencia fiscal 2023, (plan anual de obras e inversión) financiado con los aportes del impuesto de bienes inmuebles del municipio de renacimiento.

Fecha de publicación28 Junio 2023
Fecha08 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE RENACIMIENTO / CHIRIQUÍ
No. 29813 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de junio de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
PROVDICIA
DE
CBIRIQUÍ
NCONCEJO
MUNICIPAL
DISTRITO
DE
RERACIMIBNTO
TEL.
722-8586
ACUERDO G.O. No.
004
-
2023
(Del
ocho
(08)
de
mayo
de
dos
mil
veintitrés
(2023)
"POR MEDIO DEL CUAL
SE
APRUEBA EL PRESUPUESTO
DE
INGRESOS,
FUNCIONAMIENTO E INVERSIÓN ANUAL
DE
LA
VIGENCIA FISCAL
2023,
(PLAN
ANUAL
DE
OBRAS E INVERSIÓN) FINANCIADO CON LOS APORTES DEL IMPUESTO
DE
BIENES INMUEBLES DEL MUNICIPIO
DE
RENACIMIENTO".
El Concejo Municipal del distrito de Renacimiento
En
uso
de
sus
facultades
y;
CONSIDERANDO
Que
la
Ley
37
de
2009,
modificada
por
la
ley
66
del
29
de
octubre
de
2015,
se
modifica
la
ley y
crea
la
Autoridad Nacional de Descentralización
mediante
Decreto Ejecutivo
587
de
23
de septiembre de 2020,
tiene
como
objetivo
general
garantizar
la
realización
del
Proceso
de
Descentralización
Pública,
mediante
las
transferencias
de
recursos
necesarios
a
los
Gobiernos
Locales
en
coordinación
con
el
Gobierno
Central.
Que
mediante
la
ley
66
de
29
de
octubre
de
2015,
"Que reforma
la
Ley
37
del
29
de
junio
de
2009,
se
modifica
la
ley y
crea
la
Autoridad Nacional
de
Descentralización
mediante
Decreto Ejecutivo
587
de
23
de septiembre
de
2020,
que
descentraliza
la
Administración
Pública y
dicta
otras
disposiciones",
se
establece
que
los municipios recibirán el importe
del recaudo del
impuesto
de
bienes inmuebles,
para
la
ejecución de
obras
y proyectos
referentes a
las
áreas
de
educación
y
salud,
deporte y recreación, servicios público
domiciliario,
infraestructura
para
la
seguridad
ciudadana,
servicios sociales,
turismo
y
cultura,
desarrollo económico social.
Que
la
referida
Ley
determina
que
las
obras
y proyectos,
que
se
ejecuten con los
aportes
de
la
transferencia
del
Impuesto
de
Bienes Inmuebles,
estarán
comprendidos
en
el Plan
Anual
de
Obras
e Inversiones,
que
apruebe
el concejo, el
que
será
elaborado
por
el alcalde
atendiendo
la
prioridad de
las
necesidades
del Distrito.
Que,
para
el debido funcionamiento del Proceso de Descentralización
dentro
del Municipio
de
Renacimiento,
se
hace
necesario
contar
con
un
presupuesto
de funcionamiento e
inversión acorde
con
los
montos
asignados
en
conceptos
de
Impuestos
de Bienes
Inmuebles, transferidos
por
el gobierno
central
a fin de
desarrollar
la
gestión municipal.
Que
el Plan Anual
de
Obras
e Inversiones
es
un
instrumento
de
planificación de
la
inversión
pública
local,
que
integra
la
prioridad de
las
necesidades
a
escala
de
los Corregimientos y
del Distrito, sobre
la
base
del desarrollo con
equidad
y previendo mejorar
la
calidad de vida
de los
ciudadanos
del municipio.
Que
de
acuerdo
con el artículo 112-G
de
la
Ley
66
del
29
de
octubre
de
2015,
el Concejo
Municipal
deberá
aprobar
con %
partes
de
sus
miembros
el proyecto del
PLAN
ANUAL
DE
OBRAS E INVERSIONES,
presentado
por
el alcalde, siguiendo el mismo procedimiento
para
la
aprobación del
presupuesto
municipal.
Que
la
Ley
106 de 8 de
octubre
de
1973 establece
en
el artículo 15
que
"Los
acuerdos,
resoluciones y
demás
actos
de
los
Concejos Municipales y
los
decretos
de
los
alcaldes,
sólo
podrán
ser
reformados,
suspendidos
o
anulados
por
el
mismo
órgano o autoridad
que
los
hubiere dictado y
mediante
lo
mismo
formalidad
que
revistieron los
actos
originales".
Que
la
alcaldía de Renacimiento
cuenta
con el
Presupuesto
de Ingresos, Funcionamiento e
Inversión de
obras,
el
cual
requiere
ser
aprobado
para
poder
iniciar
las
erogaciones de
la
CONCEJO MUNICIPAL
RENACIMIENT~
MUNICIPALIDAD
DEL
OPTO.
DE
RENACIMIENTO
LO
ANTERIOR
ES
FIEL COPIA
DE
SU
ORIGINAL
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