Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 7 de Octubre de 1993

PonenteEVA CAL
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1993
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ingresa en grado de apelación el Proceso de Guarda, Crianza y Educación promovido por SAADIA ARIANI ARAUZ POLANCO en favor de sus hijos SADITH JOANNY y SARIADNY DEL CARMEN DIAZ ARAUZ, habidos con el demandado E.A.D.B., tramitado en primera instancia en el Tribunal Tutelar de Menores.

Encontrándose en la etapa de saneamiento, al examinar las constancias procesales se observa que durante la secuela de este juicio, no se ha notificado, menos aún, se ha escuchado la opinión del Ministerio Público, en abierta violación a la ley procedimental e inclusive la legislación de menores (ver numeral 3 del artículo 354; numeral 6 del artículo 722, ambos del Código Judicial y art. 2 de la Ley 24 de 1951), toda vez que estos funcionarios representan al Estado y deben ser escuchados en los procesos que versan sobre familia, porque los menores son pupilos del Estado.

En vista que se ha pretermitido esta formalidad, la cual es una nulidad insubsanable, debe decretarse la nulidad a partir de foja 61...

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