Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 8 de Junio de 1994

Ponente; LAURENTINO ARJONA
Fecha de Resolución 8 de Junio de 1994
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ha ingresado a esta Colegiatura en grado de apelación, el expediente contentivo del Amparo de Garantías Constitucionales interpuesto por C.S. contra la Resolución de Lanzamiento N1 69-93 de 11 de septiembre de 1993, expedida por la Comisión de Vivienda N1 2.

En la vía administrativa, la Resolución de Lanzamiento impugnada fue confirmada mediante la Resolución N1 15-94 de 10 de febrero de 1994 de la Dirección General de Arrendamientos.

Agotados los recursos administrativos ordinarios, la señora C.S. ensaya a través de apoderado idóneo, una Acción de Amparo de Garantías Constitucionales, la cual el Juez Noveno de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, deniega mediante Sentencia N1 182 de 28 de abril de 1994.

El apoderado judicial de la amparista muestra su inconformidad con el fallo de primera instancia al interponer oportunamente el recurso de apelación, el cual como corresponde, fue concedido por el Juez A-Quo en el efecto devolutivo. No obstante, la apelación no fue sustentada, por lo que procede esta Superioridad a resolver, sin más trámite, con vista de lo actuado.

El argumento central del apoderado de la amparista que ha sostenido coherente y perseverantemente desde la vía administrativa y en la primera instancia de la judicial, consiste en esgrimir la violación del artículo 32 de la Constitución Política de manera directa por omisión en la medida en que, a su parecer, se ha violado el principio del debido proceso, pues de conformidad con el artículo 41 de la Ley N1 93 de 4 de octubre de 1973 "Por la cual se dictan medidas sobre los arrendamientos y se crea en el Ministerio de Vivienda, la Dirección General de Arrendamientos", su representada no puede ser lanzada por padecer de una enfermedad que le impide pagar el canon de arrendamiento.

La enfermedad de la amparista aparece...

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