Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 13 de Enero de 1994

PonenteEVA CAL
Fecha de Resolución13 de Enero de 1994
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ha ingresado a esta Superioridad Jurídica el expediente contentivo del Proceso Sumario propuesto por ZUGANE, S.A. y A.S.V. contra ROSS Y ROSS y JULIO ROSS ANGUIZOLA por razón de la apelación presentada en contra del Auto N1 1354 del 26 de octubre de 1993 proferido por el Juzgado Cuarto del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, mediante la cual se decreta la caducidad de la instancia dentro del Proceso antes enunciado y se ordena el archivo del expediente.

Para los efectos legales consiguientes, fueron otorgados a las partes los términos establecidos en el artículo 1122 del Código Judicial.

Sin embargo, este Tribunal observa que dichos términos precluyeron sin que el recurrente hubiese sustentado la alzada, tal y como bien se hace constar en Informe de Secretaría visible a fojas 26 del infolio.

El artículo 1122 del Código Judicial señala que si el apelante no sustentare su recurso "...y se tratare de providencia o auto apelado, el J. lo decretará desierto como imposición de costas".

Toda vez que nos encontramos precisamente...

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