Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 14 de Julio de 1995

PonenteEVA CAL
Fecha de Resolución14 de Julio de 1995
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Licenciado R.A., actuando en su calidad de apoderado judicial de la sociedad denominada KOPITEC, INC., interpuso A. de Garantías Constitucionales contra el TRIBUNAL DE APELACIONES Y CONSULTAS DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMá, RAMO CIVIL, conformado por los seores Jueces de Circuito A.V.C. (ponente), P.O.B.E. y C.S.C., por haber dictado la Sentencia de 23 de noviembre de 1994, dentro del Proceso Sumario de Menor Cuantía interpuesto por RIVERA & BOLIVAR contra KOPITEC, INC.

Comprobado el cumplimiento de los requisitos de forma necesarios, se ordenó la admisión de la demanda, requiriéndose de la autoridad demandada el envío de la actuación correspondiente, o en su defecto, un informe sobre los hechos materia del recurso.

En atención a lo anterior, y mediante Oficio No. 1408, de 9 de mayo de 1995, el Licdo. A.V.C., Juez Séptimo del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, quien actuó como ponente en el caso donde se dictó la orden atacada, nos remitió el expediente del Proceso Sumario interpuesto por RIVERA & BOLIVAR contra la sociedad KOPITEC, INC., expediente en el cual se emitió la orden atacada.

Corresponde, pues, a esta Superioridad decidir sobre la legalidad o no de la orden atacada para lo cual ha de considerar, en primer lugar, la demanda de amparo, para luego emitir su opinión.

LA DEMANDA DE AMPARO

De acuerdo con la demanda de A. la orden atacada está contenida en la parte resolutiva de la Sentencia, del 23 de noviembre de 1994 proferida por el Tribunal de Apelaciones y Consultas del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, dentro del Proceso Sumario propuesto por RIVERA & BOLIVAR contra KOPITEC, INC., proceso que se ventiló en el Juzgado Cuarto Municipal de Panamá, Ramo Civil.

La parte resolutiva de dicha sentencia dice así:

"Por todo lo espuesto, este TRIBUNAL DE APELACIONES Y CONSULTAS DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMá, RAMO CIVIL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REFORMA la sentencia fechada 26 de julio de 1994, dictada por la JUEZ CUARTA MUNICIPAL DE PANAMá, RAMO CIVIL, dentro del proceso sumario promivido pro RIVERA Y BOLIVAR contra KOPITEC, INC., en el sentido de CONDENAR A KOPITEC, S.A. a pagar a RIVERA Y BOLIVAR la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO BALBOAS CON QUINCE CENTESIMOS (B/.588.15), de capital en concepto de honorarios profesionales, más las costas y gastos procesales de Primera Instancia, las cuales serán tasadas y liquidadas en la fase de ejecución de esta sentencia. SE CONDENA EN COSTAS de esta Segunda Instancia a la recurrente las cuales se fijan en la suma de CIEN BALBOAS (B/.100.00)."

En los hechos de la demanda se relata que KOPITEC, INC. interpuso recurso de apelación contra una resolución dictada por la Juez Cuarta Municipal de Panamá, Ramo Civil, dentro del Proceso Sumario de Cobro de Honorarios Profesionales propuesto por la firma forense RIVERA & BOLIVAR contra KOPITEC, INC.; que el TRIBUNAL DE APELACIONES Y CONSULTAS DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMá, RAMO CIVIL, desató la apelación interpuesta mediante la Sentencia de 23 de noviembre de 1994, la cual contiene la orden atacada; que el referido TRIBUNAL DE APELACIONES Y CONSULTAS estuvo...

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