Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 17 de Julio de 2001

PonenteNODIER JARAMILLO
Fecha de Resolución17 de Julio de 2001
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Para la calificación de esta Segunda Instancia ingresa, en grado de apelación, la Sentencia N1 43 de 17 de julio de 2001, dictado por el Juzgado Primero Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá, dentro del proceso sumario de división y venta de bien común propuesto por BRUNILDA SOLANILLA DE RODRIGUEZ contra A.M.S., JULIO A.S.V.Y.G.R.S.M..

La decisión de la referencia, fue impugnada por

el Licdo. R.C.C.K., quien representa judicialmente los intereses de la parte actora BRUNILDA SOLANILLA DE R., tal como se puede apreciar en el sello de notificación consultable a foja 206 de la actuación.

La revisión de la presente encuesta, bajo el influjo del despacho saneador en la apelación y la consulta, consagrado en el artículo 1136 del Código Judicial, revelan una omisión, que requiere ser corregida.

La omisión anotada consiste en que la Resolución No.43 de 17 de julio de 2001, a pesar de que una de las demandadas la señora G.R.S. no contestó la demanda como tampoco cuenta con representación judicial, a la misma se le debió notificar la resolución en referencia a pesar de ello (art.673 Código Judicial), por lo que se contraviene así lo señalado por el Artículo 1008 del Código Judicial.

Así entonces, al dejar de hecerse...

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