Civil de Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 20 de Noviembre de 2002

PonenteEVA CAL
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2002
EmisorPrimer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mediante Auto No.182, proferido el 19 de febrero de 2002, dentro del PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO propuesto por TOWERBANK INTERNATIONAL, INC. contra COSMOS 2000, S.A., el Juzgado Primero de Circuito de lo Civil, del Circuito Judicial de Colón, resolvió una solicitud presentada por el apoderado judicial sustituto de la demandada consistente en que se "ordene el rechazo de la demanda descrita en la marginal superior derecho, toda vez que al iniciarse ésta, ya existía una demanda propuesta la cual se sigue igualmente en este mismo Tribunal".

El Licdo. R.C.R., apoderado judicial principal de la parte demandada, al momento de notificarse del referido auto apeló del mismo y el Licdo. V.C., apoderado judicial sustituto de la demandada, sustentó el recurso, dentro del término señalado en el numeral 1 del artículo 1137 del Código Judicial; y, por su parte, el Licenciado C.D., apoderado judicial sustituto de la parte actora, también dentro del término señalado en el numeral 1 del artículo 1137 del Código Judicial, presentó su escrito de oposición a la apelación y otro escrito solicitando que no se concediera el recurso de apelación.

En virtud de lo anterior, los autos fueron remitidos a esta Superioridad, en donde una vez repartido el expediente y realizado el saneamiento de rigor, corresponde decidir la alzada, tomando en consideración que el Proceso Ejecutivo Hipotecario donde se dictó el auto apelado, se encuentra en esta Superioridad por virtud de otro recurso de apelación.

A fin de resolver el recurso impetrado nos hemos de permitir hacer un breve y sustancial resumen de la solicitud presentada, del auto apelado y de los alegatos de las partes, para entonces emitir nuestra decisión.

LA SOLICITUD PRESENTADA

El día 3 de julio de 2001, el Lcdo. V.M.C., apoderado judicial sustituto de la demandada-ejecutada, presentó un escrito en el cual solicitó que se rechazara el Proceso Ejecutivo Hipotecario incoado por el TOWERBANK INTERNATIONAL BANK, INC. contra COSMOS 2000, S.A., en virtud de que en el mismo Juzgado a-quo el TOWERBANK BANK INTERNATIONAL, INC., conjuntamente con otros Bancos, habían presentado un Proceso Ejecutivo para el cobro de US$12,489,812.91, de los cuales US2,303,637.81 corresponden a la deuda que COSMOS, S.A. tiene para con el TOWERBANK INTERNATIONAL, INC.; y en virtud de que el Proceso Ejecutivo Hipotecario a que accede este incidente, y que fuere propuesto dos meses después de interpuesto el primer proceso, es con el propósito de cobrarle a COSMOS, S.A. la suma de US$2,403,642 que corresponde a la misma suma que se pretende cobrar en el primer proceso.

Es decir, concluye el peticionario que TOWERBANK INTERNATIONAL, INC. ha propuesto dos demandadas contra COSMOS 2000, S.A. para cobrarle la misma deuda.

EL AUTO APELADO

El Juzgador a-quo, mediante el Auto No. 182, del 19 de febrero de 2002, que es el auto apelado...

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