Niñez y Adolescencia de Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, 28 de Enero de 2003

PonenteG. L. DE LÓPEZ
Fecha de Resolución28 de Enero de 2003
EmisorTribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial

VISTOS:

Por razón de recurso de apelación ingresa a este Tribunal Superior de Trabajo el proceso seguido por TOMAS ORTEGA TENORIO contra COMPAYÍA AZUCARERA LA ESTRELLA, S.A.

Tanto el recurrente, como el opositor presentaron oportunamente sus alegatos ante la segunda instancia.

Sin embargo antes de entrar al conocimiento de la causa observamos que existen errores de procedimiento, de gestión y actuación que deben corregirse, los cuales se dan desde que inicio del proceso.

En primer lugar, a fojas 1 del expediente, existe la demanda que presenta el Licenciado A.A.V. DE LEÓN, actuando en nombre y representación de TOMAS ORTEGA TENORIO, en la que solicita el Reintegro con Pago de Salarios Caídos por Despido Injustificado, pero no consta que a dicho abogado se le haya otorgado poder para actuar en tal sentido.

Posteriormente, la Junta le designa al trabajador el defensor de Oficio, quien, conjuntamente con la empresa presenta una Transacción, y seguidamente el trabajador otorga poder a otro abogado, esta vez al Licenciado JOSÉ DOMINGO PRESCILLA, para que lo represente en la demanda laboral interpuesta contra LA AZUCARERA LA ESTRELLA, S.A., para que se condene al pago de Indemnización y Salarios Caídos.

Después, el Licenciado PRESCILLA presenta Incidente de Nulidad sobre dicha Transacción, el cual es negado, lo mismo que la Transacción, y no se presenta una nueva demanda con las bases de este último poder que ahora reclama Indemnización, cuando la demanda anterior pedía R..

En resumen, la primera demanda carece de poder, y el poder siguiente carece de demanda, pues su pretensión difiere de lo consignado en la anterior y sin una demanda, presentada en debida forma, no puede sostenerse el proceso y mucho menos una sentencia.

En estas circunstancias el proceso adolece de Ilegitimidad de la personería en la medida de que la demanda fue presentada sin poder previo para ello de parte del trabajador y ninguna de las actuaciones siguientes ha subsanado el vicio...

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