Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, 8 de Mayo de 2003

PonenteASUNCIÓN CASTILLO
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2003
EmisorTribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial

VISTOS:

Esa decisión fue apelada por la actora; el recurso se le concedió en el efecto diferido y la actuación ingresó a esta colegiatura para que se surta la alzada.

ANTECEDENTES

La a quo tomó su decisión en razón de que mientras no se le sea reconocido su derecho al poseedor, las tierras sobre las cuales se ejercen los derechos posesorios son bienes del Estado, de acuerdo con el artículo 3 del Código Fiscal en relación con el artículo 24 del Código Agrario y por consiguiente, son bienes inembargables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1650 numeral 14 del Código Judicial; de tal manera que el tribunal de primera instancia estimó procedente decretar la nulidad del remate efectuado el día 17 de abril de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 738 del Código Judicial y ordenar el levantamiento del secuestro elevado a la categoría de embargo mediante Auto No.1324 del 15 de agosto de 2001.

No obstante de fojas 102-108 del infolio, se observa el escrito sustentatorio del recurso de apelación presentado por la licenciada D.G., procuradora judicial del actor, quien en lo medular del mismo manifestó discrepar de la resolución in examine puesto que su mandante de la mejor buena fe compró los derechos posesorios que tenía adquiridos el señor S.C., no sobre las mejoras sino sobre el terreno. Además, continúa la recurrente manifestando, no comprender por qué razón la juez de primera instancia ha actuado en la forma en que lo ha hecho ya que el demandado admitió los hechos de la demanda; esto es, que él (demandado), admitió que actuó de mala fe al celebrar un contrato de arrendamiento con su hermano H. sobre el lote cuyos derechos posesorios vendió después a su representado. Por último, señala la apelante que con la decisión recurrida se está protegiendo a una persona que después de engañar a su hermano, también engañó a A.B. que de buena fe pagó el precio convenido sobre el terreno; por lo que solicita a esta superioridad revoque la sentencia impugnada y de esta manera, apruebe el remate practicado además de que disponga la entrega de lo rematado al ejecutante.

FUNDAMENTOS LEGALES DE SEGUNDA INSTANCIA

El examen de los argumentos expuestos por la recurrente permite concluir que su apelación se centra en que la juez a quo decretó la anulación del remate efectuado dentro del proceso en estudio, dado a que el objeto del mismo recayó sobre derechos posesorios del demandado que son...

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