Niñez y Adolescencia de Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, 19 de Febrero de 2003

PonenteGISELA LÓPEZ DE LÓPEZ..
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2003
EmisorTribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial

VISTOS:

El proceso seguido por H.A.L. en contra de SERVICENTRO LA SORPRESA, S.A.Y.F.V. se recibe en este Tribunal Superior de Justicia por razón de la Apelación que ha sido presentada sobre la sentencia Nº 66 proferida por Junta de Conciliación y Decisión Nº8.

Las partes del proceso dejaron vencer los términos concedidos para presentar los correspondientes escritos de Apelación y Oposición ante la segunda instancia.

ANTECEDENTES

El señor H.A.L., representado legalmente por el Licenciado Albis Pérez demanda al SERVICENTRO LA SORPRESA, S.A. y/o F.V. solicitando el pago de Indemnización, Salarios Caídos, Vacaciones y Décimo Tercer Mes correspondientes a dichos salarios, por razón de Despido Injustificado de una relación laboral iniciada el día 25 de octubre de 1992 y finalizada, el día 19 de septiembre de 2002, en la que ejercía el cargo de Ayudante General y cocinero, devengando un salario de B/.238.00 mensuales.

Los demandados fueron debidamente notificados de la demanda, pero solamente el señor F.V. la contestó, a través de su apoderado judicial, Licenciado R.S., quien niega el reclamo que se le formula, explicando que no es cierto el hecho del despido, porque existen documentos en la empresa donde constan las amonestaciones que le fueron giradas al trabajador por haber cometidos faltas muy graves que ponían en peligro la existencia de la empresa, por lo que se le liquidó conforme lo dispuesto en el Código de Trabajo, pagándosele su décimo, vacaciones, y prima de antigüedad. Agrega el demandado VERGARA que la relación laboral se dio con la empresa SERVICENTRO LA SORPRESA, y no con él como persona natural, siendo él el representante legal de la misma en ausencia del Presidente.

El día de la audiencia solamente comparecieron las partes, presentando sus respectivas pruebas, tanto testimoniales, como documentales, los testigos del actor afirmaron que lo vieron en horas de la tarde, a eso de la 1:30 o 2:00, limpiando el césped en la Capilla de la comunidad, el mismo día en que fue despedido.

La parte demandada presentó copia de la Carta de Despido, y Carta de Amonestación fechada 15 de agosto de 2002, dirigida al demandante en la que se le llamaba la atención por haberse presentado a trabajar en algunos turnos en estado de ebriedad, siendo suspendido los días 16 y 17 de agosto de 2002 por dicha causa.

Aportan además los testimonios del demandado F.V. y de su hija M.V.M., quien era la encargada...

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