Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 12 de Julio de 2002

PonenteGRACIELA J. DIXON C.
Fecha de Resolución12 de Julio de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Dentro del período señalado para aducir y practicar pruebas, el Licdo. J.G.T., apoderado judicial de J.A.L.S., presentó en la Secretaría de la Sala Penal escrito en el que reitera las pruebas aducidas en el escrito de revisión y solicita la evacuación de las mismas(F.63).

Cabe recordar que las pruebas a que se refiere el recurrente son:

  1. La epístola con fundamento en la cual se procedió a darle curso al presente recurso; cuyo contenido y firma se solicita sean reconocidos por su suscriptor.

  2. La declaración jurada del impugnante.

  3. La declaración jurada de C.E.Z..(Fs.24-25)

Ahora bien, la Sala fijó el día 8 de mayo de 2002 como fecha para que comparecieran a declarar el procesado y la afectada.(Fs.65-66)

No obstante lo anterior, mediante informe secretarial calendado 24 de abril de 2002, se advierte que al momento de notificar a la señora C.E.Z. se le indicó a la funcionaria de la Secretaría de la Sala Penal que la prenombrada no vive en la dirección que suministrara la defensa técnica de L.Z..(F.67)

Seguidamente, el Licdo. G.T. mediante escrito calendado 8 de mayo de 2002, pidió que se procediera a solicitar al Tribunal Electoral copias autenticadas del positivo de Cédula e Historial Domiciliario de C.E.Z. y se fijara una nueva fecha para practicar la prueba ordenada.(F.68)

Cabe indicar que en esa misma fecha se debió efectuar la diligencia para tomarle declaración jurada al señor L.Z. al igual que su ratificación del escrito de revisión. No obstante, el procesado, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario La Joyita, no fue conducido a la Secretaría de la Sala Penal para cumplir con dicha diligencia.

Por otra parte, dentro del término de práctica de pruebas, se solicitó al Tribunal Electoral que remitiera las copias autenticadas del positivo de la cédula e historial domiciliario de la señora C.E.Z..(F.70)

El 24 de mayo precluyó el término para la práctica de las pruebas y el Tribunal Electoral remitió la información solicitada el 27 de mayo del año en curso.(Fs.72-74)

En otro orden de cosas, el 10 de julio del año en curso se remitió a este despacho otro cuadernillo en el cual se advierte que el Licdo. R.C.S. interpuso un recurso de revisión a favor de J.A.L.S., dentro del negocio penal que nos ocupa. Adjunto al escrito de revisión se presenta el poder especial que le confiere el procesado y en que se revoca cualquier otro poder que haya otorgado a persona distinta.(F.8 cuadernillo 88-C).

La Sala observa que el...

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