Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 5 de Abril de 1995

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución 5 de Abril de 1995
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Procedente del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, ingresó a la Sala Segunda, de lo Penal de la citada Corporación de Justicia, para los trámites legales correspondientes, el expediente que contiene las sumarias en averiguación seguidas a los mayores C.S.F.M. y D.S.E.G., Director y Subdirector del Servicio Aéreo Nacional (S. A. N.), respectivamente, en perjuicio del Estado y por delito contra la Administración Pública.

"Artículo 95. (Código Judicial). La Sala Segunda conocerá en una sola instancia, conforme al procedimiento que señale la Ley:

  1. De las causas por delitos o faltas cometidas por ..., los Directores y G. de instituciones autónomas y semiautónomas, ...;

  2. De las causas por delitos o faltas cometidas en cualquier tiempo por personas que al momento de su juzgamiento desempeñen alguno de los cargos enumerados en el numeral anterior;

...".

Cabe señalar que, a tenor del numeral 1 del artículo 95 del Código Judicial, corresponde a la Sala Segunda, de lo Penal, de la Corte Supremade Justicia conocer en una sola instancia "De las causas por delitos o faltas cometidas por los ..., D. y G. de instituciones autónomas y semiautónomas, ...". Por lo tanto, en la fecha en que se inició la instrucción del presente sumario, correspondía conocer a la Sala Penal del proceso seguido a los acusados C.S.F.M. y D.S.E.G., ya que los mismos ocupaban, respectivamente, los cargos de Director y Subdirector del Servicio Aéreo Nacional (S. A. N.).

Sin embargo, es un hecho público y notorio que los acusados en el presente negocio, han dejado de desempeñar los cargos de Director y Subdirector de la citada InstituciónAutónoma.

Del numeral 2 del artículo 95 transcrito, se desprende que la Sala Penal carece de competencia para pronunciarse sobre el fondo del presente asunto, debido a que, al momento de su juzgamiento los acusados no se encuentran desempeñando los cargos mencionados.

Por otro lado, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en la Resolución de 12 de agosto de...

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