Resolución Nº ADM. 104-08 de 17 de septiembre de 2008, "QUE IMPLEMENTA EN LA REPUBLICA DE PANAMA, EL CODIGO PARA LA IMPLANTACION DE LOS INSTRUMENTOS OBLIGATORIOS DE LA OMI, 2007, ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCION DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL Nº A.996(25) DEL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2007".

RESOLUCIÓN ADM. No.104-08

"Que Implementa en la República de Panamá, el Código para la Implantación de los Instrumentos Obligatorios de la OMI, 2007, adoptado mediante la Resolución de la Organización Marítima Internacional No. A. 996(25) del 29 de noviembre del 2007"

EL ADMINISTRADOR DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución A. 946 (23) del 27 de noviembre de 2003, la Organización Marítima Internacional aprobó el Plan Voluntario de Auditorias de los Estados Miembros de la Organización Marítima Internacional, con el propósito de medir la efectividad de los Estados Miembros en la ejecución de los más importantes Convenios de la Administración.

Que mediante la Resolución A. 973 (24) de 1 de diciembre de 2005, la Organización Marítima Internacional aprobó el Código para la Implantación de los Instrumentos Obligatorios de los Estados Miembros de la OMI.

Que mediante la Resolución A. 974 (24) de 1 de diciembre de 2005, la Organización Marítima Internacional aprobó el Marco y Procedimiento para el Plan Voluntario de Auditorias de los Estados Miembros de la OMI.

Que la Organización Marítima Internacional, reconociendo la necesidad de revisar este Código, para reflejar las enmiendas a los instrumentos de la OMI que han entrado en vigor o han surtido efecto desde que se adoptara la Resolución A. 973 (24) de 1 de diciembre de 2005, adoptó la Resolución A. 996 (25) del 29 de noviembre del 2007, mediante la cual la Asamblea de dicho organismo, adopta el Código para la Implantación de los Instrumentos Obligatorios de la OMI, 2007.

Que mediante la Resolución A. 996 (25) del 29 de noviembre del 2007, proferida por la Organización Marítima Internacional (OMI), se revoca la Resolución A. 973 (24) de 1 de diciembre de 2005, del citado Organismo.

Que el Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, en su Artículo 4, Numeral 6 establece como función de la Autoridad Marítima de Panamá el velar por el estricto cumplimiento de lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 y los demás tratados, convenios e instrumentos internacionales ratificados por Panamá en relación con el Sector Marítimo.

Que igualmente es necesario hacer cumplir con la normativa establecida en el Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, correspondiente a las funciones de la Dirección General...

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