Resolución Nº AN No. 3168 ADM de 15 de diciembre de 2009, 'POR LA CUAL SE FIJA LA TASA DE REGULACIÓN Y CANON ANUAL POR EL USO DE FRECUENCIA QUE REGIRÁ PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RADIO Y TELEVISIÓN DURANTE EL AÑO 2010'.

REP�BLICA DE PANAM�

LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS P�BLICOS

Resoluci�n AN No. 3168-ADM

Panam�, 15 de diciembre de 2009.

"Por la cual se fija la tasa de regulaci�n y canon anual por el uso de frecuencia que regir� para los servicios p�blicos de radio y televisi�n durante el a�o 2010."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructur� el Ente Regulador de los Servicios P�blicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios P�blicos, como organismo aut�nomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestaci�n de los servicios p�blicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisi�n, as� como la transmisi�n y distribuci�n de gas natural;

  2. Que mediante Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada en los Decretos Ejecutivos No. 189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el r�gimen jur�dico que regula los servicios p�blicos de radio y televisi�n;

  3. Que los art�culos 4 de la Ley No. 24 de 1999, 20 y 23 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 1999 establecen que los concesionarios de los servicios p�blicos de radio y televisi�n deber�n pagar a la Autoridad Nacional de los Servicios P�blicos una tasa de regulaci�n, para cubrir los gastos inherentes a sus funciones de regulaci�n y fiscalizaci�n y un canon anual el cual ingresar� al Tesoro Nacional;

  4. Que los art�culos 20 y 23 supracitados se�alan tambi�n, que los concesionarios que no se encuentren al d�a en el pago de la tasa de regulaci�n y canon anual, no podr�n solicitar concesiones nuevas, frecuencias principales o de enlace, modificaciones a sus concesiones, ni solicitar a la Autoridad Reguladora que intervenga en problemas de interferencia perjudicial;

  5. Que es obligaci�n de la Autoridad Nacional de los Servicios P�blicos de acuerdo al art�culo 4 de la Ley No. 24 de 1999, fijar cada a�o, la tasa de regulaci�n y el canon por uso de frecuencia que regir�n para el a�o subsiguiente, por lo que;

RESUELVE:

PRIMERO: FIJAR en DOSCIENTOS OCHENTA BALBOAS (B/.280.00) la tasa de regulaci�n que deber�n cancelar en el a�o 2010, las estaciones que transmiten en la Banda de Radio AM, por cada frecuencia asignada en cada sitio de transmisi�n.

SEGUNDO: FIJAR en DOSCIENTOS OCHENTA BALBOAS (B/.280.00) la tasa de regulaci�n que deber�n cancelar en el a�o 2010, las estaciones que transmiten en...

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