Resolución CNV Nº 255-07 de 5 de octubre de 2007, "POR LA CUAL SE EXPIDE LICENCIA DE EJECUTIVO PRINCIPAL DE ADMINISTRADOR DE INVERSIONES A LILIA ADELAYS PSOMAS ARAUZ."

REPUBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No.255-07

( 5 de octubre de 2007)

La Comisión Nacional de Valores,

en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, por el cual se crea la Comisión Nacional de Valores y se regula el mercado de valores en la República de Panamá, en su artículo 8, numeral 3, le atribuye a esta autoridad la facultad de expedir licencias a los ejecutivos principales, corredores de valores, analistas, administradores de inversión y demás licencias que deba otorgar la Comisión con arreglo a los dispuesto en este Decreto Ley y sus reglamentos;

Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, en su artículo 138 señala que "deberán, además, obtener licencia de administrador de inversiones expedida por la Comisión los administradores de inversión que manejen los fondos del sistema de ahorro y capitalización de pensiones de los servidores públicos creado por la Ley 8 de 1997. Dicho requisito no se aplicará a la Caja de Seguro Social, pero sí a los funcionarios de ésta que desempeñen las funciones de administradores de inversión en representación de la Caja de Seguro Social. Las tarifas de registro y supervisión de que tratan los artículos 17 y 18 de este Decreto-Ley no serán aplicadas a dichos funcionarios. La Comisión dictará acuerdos sobre la fiscalización de estos administradores de inversión con el objeto de cumplir con los objetivos de la Ley 8 de 1997".

Que el artículo 75 del Acuerdo 5-2004 de 23 de julio de 2004 por el cual se desarrollan las disposiciones del Título IX, del Decreto Ley 1 de 1999 sobre Sociedades de Inversión y Administradores de Inversión, y establece el procedimiento para las solicitudes de autorización y licencia y las reglas para su funcionamiento y operación, dispone que todo administrador de inversiones con Licencia expedida por esta Comisión deberá designar al menos a una persona natural que sea titular de Licencia de Ejecutivo Principal de Administrador de Inversiones;

Que el Artículo 76 de la citada excerta legal señala que toda persona natural que solicite licencia que lo faculte a ejercer actividades propias de Ejecutivo Principal de Administrador de Inversiones, deberá aprobar el examen Complementario correspondiente, como condición necesaria para la admisión de su solicitud de licencia;

Que, el 11 de julio de 2007, LILIA ADELAYS PSOMAS ARAUZ, presentó el Examen Complementario administrado por la Comisión Nacional de...

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