Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Agosto de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Mediante Auto de 25 de mayo de 2007, el Magistrado Sustanciador no admitió la demanda contenciosa-administrativa de plena jurisdicción interpuesta por el Lcdo. O.W., en representación de VALENTÍN EDILBERTO ESPINOSA CÓRDOBA, para que se declare nula la Resolución Alcaldicia No. MSM-DS-495-06 de 5 de diciembre de 2006, expedida por el Alcalde del Distrito de San Miguelito.

En esencia, el A-quo no admitió la demanda por estimar que el acto impugnado no es acusable ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ya que tuvo su origen en un juicio de policía (fs. 62-63).

En el libelo en que sustenta su apelación, el apoderado judicial del actor señala que el acto demandado no es un acto de policía, sino que se ubica dentro de la gestión administrativa que corresponde ejercer al Alcalde, por cuanto su decisión conlleva la afectación de derechos subjetivos que se conceden a los particulares en materia comercial, una vez se cumplan los requisitos y procedimientos señalados por la Ley (fs. 66-70).

DECISIÓN DEL RESTO DE LA SALA

Después de examinar las constancias procesales, esta Superioridad considera que el Auto impugnado debe revocarse, ya que la Resolución Alcaldicia No. MSM-DS-495-06 de 5 de diciembre de 2006 no tuvo su origen propiamente en un juicio de policía, sino que es producto del ejercicio de una potestad reconocida por la Ley a los Alcaldes, para verificar el cumplimiento de las normas que regulan la actividad comercial de expendio de bebidas alcohólicas y sancionar, en consecuencia, a quienes contravengan tales disposiciones, tal como ocurrió en el presente caso, en el que se ordenó el cierre del establecimiento El Regocijo o Rincón Veraguense por los...

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