Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Agosto de 2007

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado E.N.J., actuando en representación de S.D.B., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto Ejecutivo No. 329 de 15 de julio de 2005, emitido por el Ministro de Desarrollo Agropecuario.

Una vez que esta Superioridad se apresta a decidir la litis, constata que el punto medular del litigio gira en torno a la determinación de si el señor S.D.B., quien de acuerdo a la documentación que obra en el expediente, es un profesional de las ciencias agrícolas, ocupaba al momento de su destitución del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, un cargo relacionado con dicha especialidad, o el cargo de Director Nacional, como se expresa en el acto demandado.

A tal efecto conviene señalar, que según aduce la parte demandante, éste ocupaba al momento de su destitución, un cargo propio de las Ciencias Agrícolas, protegido por la estabilidad que confiere la Ley 22 de 1961. De igual forma, y según obra en la documentación contenida en el expediente de personal del señor D.B., el prenombrado funcionario está certificado como profesional de las ciencias agrícolas por el Consejo Técnico Nacional de Agricultura, y se encontraba asignado, al menos hasta el año 2005, en el puesto de Extensionista en la Unidad Administrativa MIDA R# 2 en la Provincia de Veraguas, por lo que se requiere deslindar, a través de certificación que al efecto emita la autoridad ministerial, qué cargo y funciones ocupaba formalmente S.D.B. al momento de emitirse el Decreto Ejecutivo No. 329 de 15 de julio de 2005, y si el Consejo Técnico Nacional de Agricultura avaló el acto de destitución.

En estas circunstancias, consideramos necesario dictar auto de...

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