Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 7 de Agosto de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado E.P., quien actúa en nombre y representación de la señora M.C.G.D.R., ha presentado Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción, con el objeto de que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 218-2007 de 9 de mayo de 2007, emitida por la Ministra de Vivienda.

En primer término, el suscrito procede a examinar la demanda presentada a fin de comprobar que la misma cumple con las formalidades legales para ser admitida.

En ese sentido, el Magistrado Sustanciador observa que la parte actora en lugar de atacar el acto principal, o sea la Resolución DNDS 23 del 2007 de 9 de marzo de 2007 emitida por la Directora Nacional de Desarrollo Social del Ministerio de Vivienda, por medio de la cual se cancela la asignación provisional de un lote de terreno en el Distrito de Chorrera, a favor de la señora MARÍA CIBELES GORDÓN de RODRÍGUEZ, ataca el acto confirmatorio, el cual está constituido por la Resolución Nº 218-2007 de 9 de mayo de 2007, dictada por la Ministra de Vivienda.

El Magistrado Sustanciador hace la observación al recurrente de que la razón principal por la cual no deben ser atacados los actos simplemente confirmatorios es que aunque se revocaran estos últimos, el acto originario seguiría subsistiendo, motivo por el cual no tendría ningún sentido acudir ante esta Sala mediante una demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción si no se puede obtener la reparación plena de los derechos del afectado.

Finalmente, el suscrito observa que la parte actora acompaña a la demanda copias autenticadas de los actos administrativos en cuestión, sin embargo, con respecto al último de éstos - contenido en la Resolución Nº 218-2007 de 9 de mayo de 2007, expedida por la Ministra de Vivienda-, por medio del cual se...

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