Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 10 de Septiembre de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense Troetsch & Troetsch, en representación de R.J.P., ha presentado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare, nula por ilegal, la Resolución ARBT Nº 042-03 de 20 de octubre de 2003, dictada por la Autoridad Nacional del Ambiente (A.N.A.M.).

Mediante el acto impugnado, la autoridad demandada, "sanciona al señor R.P., con pasaporte de identidad número M 15850214, con multa de Diez mil balboas (B/.10,000.00) por seguir las actividades de construcción de su proyecto sin haber presentado el respectivo Estudio de La parte actora, fundamenta su pretensión señalando, que el Director Ejecutivo del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, a través del A.N.A.M. pretende ejecutar por segunda vez, la Resolución Nº ARBT Nº 042-03 de 20 de octubre de 2003. En este sentido, sostiene que no puede ser sancionado por la misma causa, bajo la argumentación de que no había cumplido con el artículo primero de la Resolución Nº ABT 04-02-03 de 17 de febrero de 2003, que le ordenaba suspender la obra hasta tanto presentara el Estudio de Impacto Ambiental.

Como normas violadas, se citaron los artículos 34 y 54 (numeral 4) de la Ley 38 de 31 de julio de 2000, "Por medio de la cual se regula el Procedimiento Administrativo General y se dictan otras disposiciones"; 31 y 112 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998 "Por la cual se dicta la Ley General del Ambiente" y; 2 de la Resolución Nº AG-0414-2002 de 28 de agosto de 2002, "Por medio de la cual se delega facultades a los Administradores Regionales de la Autoridad Nacional del Ambiente para imponer sanciones".

En escrito separado de la demanda, la parte actora solicita a esta Superioridad que ordene la suspensión provisional de la Resolución impugnada, alegando lo siguiente:

"... Es obvio, que con la presente solicitud de suspensión provisional de la Resolución ARBT Nº 042-03, de 20 de octubre de 2003, expedida por la Administración Regional de ANAM, Bocas del Toro, buscamos evitar evidentes daños y perjuicios notoriamente graves que se le pretenden causar a nuestro mandante, pues habiéndose ya destruido e inutilizado los diques, lo que ahora persigue el Director del IDAAN es ilegalmente allanar una vez más la propiedad de nuestro mandante y causar daños materiales en su finca con el único propósito a la vista, de beneficiar su imagen pública ...

  1. El acto atenta contra el ordenamiento jurídico, toda...

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