Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Septiembre de 1995

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Lcdo. Julio Barba, actuando en representación de L.O.M., ha presentado demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción con el objeto de que se declare nulo, por ilegal, el Resuelto Nº 215 de 2 de febrero de 1994, emitido por el Ministro de Educación, el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

En la demanda se pide a la Sala que se declare nulo el Resuelto Nº 215 de 2 de febrero de 1994 dictado por el Ministro de Educación y mediante el cual se cancelan los efectos del Resuelto Nº 1656 del 24 de agosto de 1987 que le asigna a la profesora L.O.M. funciones en la Dirección de Nutrición y Salud Escolar. Igualmente se solicita a la Sala la declaratoria de nulidad del acto confirmatorio contenido en el Resuelto Nº 969 del 26 de abril de 1994 y en el cual se mantiene en todas sus partes el acto original y, que como consecuencia de ello, se restablezca a la profesora M. en la posición que desempeñaba en la Dirección de Nutrición y Salud Escolar.

El Lcdo. Barba afirma que se ha violado el artículo 127 de la Ley 46 de 1947, Orgánica de Educación, en concordancia con los artículos 17, 21 del Resuelto Nº 1102 de 1980 y los artículos 21 y 24 del Resuelto Nº 1066 de 1970.

Sostiene el Lcdo. Barba, que su representada ingresó al Ramo de Educación desde el 29 de agosto de 1967 mediante Decreto Nº 489 de 24 de agosto del mismo año, cuando fue nombrada como maestra de grado de Educación para el Hogar y su nombramiento se hizo permanente de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 72 de 27 de febrero de 1970. Posterior a ello, el 10 de abril de 1972, pasó a la docencia secundaria al ser nombrada como profesora Regular de Educación para el Hogar en el Primer Ciclo de Santa Rita, C., mediante Decreto Nº 89 de 4 de abril de 1972, y obtuvo su permanencia como Educadora 4-C a partir del 1º de abril de 1973. Mediante Decreto Nº 432 de 27 de noviembre de 1984 se le nombró como Educador I-6 Educación para el Hogar permanente en el Primer Ciclo Elisa Vda. de Garrido, C.. Finalmente sostiene el Lcdo. Barba, que su representada fue trasladada al asignársele funciones de Directora de Nutrición y Salud Escolar y continuó con los beneficios inherentes a su condición de docente, mediante Resuelto Nº 1626 de 24 de agosto de 1987, el cual fue cancelado en todos efectos por el Resuelto Nº 215 de 2 de febrero de 1994.

Afirma el apoderado judicial de la parte actora, que el acto impugnado viola el artículo 127 de la Ley 47 de 1946...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR