Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 5 de Septiembre de 2003

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2003
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Los señores CARMEN LAGUNA DE V. y J.C.V., mediante apoderados legales, Z. y ASOCIADOS, ha solicitado ante esta S., el reconocimiento y ejecución de la Sentencia de 5 de febrero de 2003, dictada por la Corte Suprema de California, Condado de Los Ángeles, Estados Unidos de América, por la cual se declaró la adopción en favor de los niños I.J., S.J. y D.J.V. LAGUNA, por los señores CARMEN LAGUNA DE V. y J.C.V..

ANTECEDENTES

Los apoderados de los señores VALDÉS basaron su solicitud en los siguientes hechos:

PRIMERO: Nuestros representados, señores Carmen Laguna de V. y J.C.V. son nacionales panameños nacidos el 16 de octubre de 1952 en el Distrito de Panamá, Provincia de Panamá, y 7 de Noviembre de 1956 en el Distrito de Bugaba, Provincia de Chiriquí, respectivamente tal y como se aprecia en Certificados de Nacimiento expedidos por la Dirección General del Registro Civil, entidad, destinada por la Ley a expedir este tipo de certificaciones.

SEGUNDO: Los menores I.J.V.L., S.J.V.L. y D.J.V.L. nacidos en la ciudad de Los Ángeles, California, Estados Unidos de América el 8 de Octubre de 1996, 22 de Enero de 1998 y 22 de Junio de 1999 respectivamente, fueron puestos en adopción luego de que sus padres biológicos perdieran su custodia a través de proceso judicial, conforme a las Leyes de los Estados Unidos de América debido al estado de abandono de los menores. Dichos padres biológicos tuvieron amplias y diversas oportunidades de reclamar la custodia de los menores conforme a la Leyes correspondientes y sin embargo, no lo hicieron, haciendo evidente el abandono de los menores. La custodia de los menores le fue otorgada a loa señores C.L. de V. y J.C.V. el día 5 de julio de 2002.

TERCERO: Nuestros representados señores Carmen Laguna de V. y J.C.V. luego de cumplir con todos los requisitos sine quo non requeridos por la legislación del Estado de California, Estados Unidos de América, solicitaron la custodia de los menores, por lo que la Corte Suprema del Condado de los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, mediante sentencia de fecha 5 de febrero de 2003 declaró la adopción de los menores I.J.V.L., S.J.V.L. y D.J.V.L. por nuestros representados.

CUARTO: Los menores I.J.V.L., S.J.V.L. y D.J.V.L. fueron adoptados por nacionales panameños antes de cumplir los 7 años de edad.

QUINTO: Como quiera que la sentencia extranjera se encuentra ejecutoriada y se ajustó al procedimiento legal del Condado de Los...

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