Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 28 de Octubre de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Los señores C.E.M.V. y E.I.M.R., mediante apoderados legales, M. &M., ha solicitado ante esta S., el reconocimiento y ejecución de la Sentencia de 13 de mayo de 2003, dictada por el Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, República de Colombia, por la cual se declaró la adopción en favor del niño G.A. (CARLOSE.M.M., por los señores C.E.M.V. y E.I.M. RAMOS.

ANTECEDENTES

Los apoderados de los señores MEDINA y MARTÍNEZ basaron su solicitud en los siguientes hechos:

PRIMERO: Mediante Sentencia del 14 de mayo de 2003 del Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, República de Colombia, se decreta la entrega por Adopción conjunta del menor G.A., nacido el 7 de febrero de 2003 en Bogotá, D.C. quien en adelante se llamará, C.E.M.M., a los esposos, C.C. (sic) E.M.V. y E.I.M.R.,

SEGUNDO: El Proceso de Adopción Conjunta que motivó la Sentencia objeto de la presente solicitud, se surtió con audiencia de la Defensora de Familia adscrita al Juzgado Veintidós de Familia, quien oportunamente se allanó a las pretensiones y posteriormente se notificó personalmente de la Sentencia, el 13 de mayo de 2003, según conta en el sello correspondiente.

TERCERO: En base a la Sentencia de Adopción Conjunta de los esposos, C.E.M.V. y E.I.M.R., se procede en Bogotá, Colombia a la inscripción del Nacimiento en el Registro Civil del menor, C.E.M.M., con número de identidad personal No. A3E0251464 y bajo el Indicativo Serial 34992689 y, consecuentemente, se le expide pasaporte colombiano No. AI825128.

CUARTO: La copia de la Sentencia proferida por el Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, República de Colombia, está debidamente autenticada con el sello de Apostilla de conformidad con el Convenio de La Haya de 6 de octubre de 1961, que fue aprobado mediante Ley 6 de 25 de junio de 1990.

En razón de los hechos expuestos, le solicito a los Honorables Magistrados de la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, que RECONOZCAN y DECLAREN EJECUTABLE la Sentencia de 14 de mayo de 2003, emitida por el Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, República de Colombia, que decretó la entrega por Adopción Conjunta del menor G.A., registrado con el nombre de C.E.M.M., a los esposos C.E.M.V. y E.I.M.R. y en consecuencia, AUTORICEN a la Dirección General del Registro Civil de la República de Panamá, para que realice las anotaciones e inscripciones que correspondan.

Fue aportada a la solicitud copia debidamente legalizadas de la sentencia de adopción de 13 de...

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