Resolución J.D. Nº 21-2006 de 26 de julio de 2006, "POR LA CUAL SE ADOPTA EL NUEVO REGLAMENTO DEL COMITE DE CUMPLIMIENTO"

Resolución de J.D. No.21-2006

( De 26 de Julio de 2006)

Por la cual se adopta el nuevo Reglamento del Comité de Cumplimiento.

La Junta Directiva de la Caja de Ahorros,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 42 de 2 de Octubre de 2000 se establecen las medidas para la prevención del blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo, la cual es aplicable a todos los bancos establecidos en el territorio nacional.

Que mediante Acuerdo 12-2005 de Catorce de Diciembre del 2005, la Superintendencia de Bancos reglamentó los controles que los bancos deben aplicar para evitar el blanqueo de capitales.

Que el Manual de Cumplimiento de la Caja de Ahorros, con la finalidad de fortalecer la integración institucional en la búsqueda de mejores prácticas para evitar el Lavado de Dinero, establece un Comité de Cumplimiento.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 14 numeral 4, de la ley 52 de 13 de diciembre de 2000, el Gerente General, ha sometido a consideración de la Junta Directiva, el Reglamento Interno del Comité de Cumplimiento.

Que en función de lo anteriormente descrito, se requiere dictar la Reglamentación del precitado Comité.

RESUELVE:

Aprobar el Reglamento Interno del Comité de Cumplimiento conforme a los artículos siguientes:

Artículo 1

Funciones.

El Comité de Cumplimiento de la Caja de Ahorros es un organismo consultor que tiene como función, evaluar y sugerir actualizaciones de los Programas de Cumplimiento del Banco, con la finalidad de fortalecer las mejores prácticas bancarias que garanticen un servicio de excelencia a los clientes, con los controles y políticas institucionales que permitan prevenir el uso de los productos y servicios del banco en los delitos relacionados al blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.

En ningún caso, el Comité de Cumplimiento puede asumir las responsabilidades propias del Oficial de Cumplimiento establecidas en leyes o cualquier otra norma jurídica expedidas por las autoridades nacionales; acuerdos, circulares y resoluciones expedidas por la Superintendencia de Bancos o por instrucciones precisas de la Unidad de Análisis Financiero en la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo ( UAF).

Artículo 2

Integración.

El Comité de Cumplimiento estará integrado por el Gerente Ejecutivo de Operaciones e Informática, el Gerente...

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