Reglamento Nº CNA-002-2009 de 22 de abril de 2009, 'POR LA CUAL SE ADOPTAN LAS NUEVAS TARIFAS POR EL DERECHO DE USO DE AGUAS'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE

RESOLUCIÓN CNA No. 002-2009.

"Por la cual se adoptan las nuevas tarifas por el derecho de uso de aguas"

EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE,

en uso de sus facultades legales y,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Constitución Política de la República de Panamá, establece, en su artículo 118 el deber fundamental del Estado de garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en donde el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de la vida humana.

Que el artículo 5 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, crea la Autoridad Nacional del Ambiente como la entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la política nacional del ambiente.

Que el artículo 14 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, crea el Consejo Nacional del Ambiente, que tendrá como parte de sus funciones la de fijar las tarifas por el uso de los recursos hídricos propuestas por el Administrador de la Autoridad Nacional del Ambiente.

Que el artículo 81 de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, señala que el agua es un bien de dominio público en todos sus estados. Su conservación y uso es de interés social. Sus usos se encuentran condicionados a la disponibilidad del recurso y a las necesidades reales del objeto a que se destinan.

Que la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), como entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, es la encargada de otorgar el derecho de uso o descarga de aguas, que estén fuera de jurisdicciones especiales, siguiendo el proceso descrito en el Decreto Ejecutivo 70 de 27 de julio de 1973.

Que el Plan Nacional de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (PNGIRH) constituye uno de los elementos centrales para la modernización del marco instrumental constituyendo la cuenca hidrográfica como la unidad de planificación ambiental para desarrollar la Estrategia de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas, desde una perspectiva multidisciplinaria con un enfoque integral.

Que el Plan Nacional para la Gestión de los Recursos Hídricos presenta una oportunidad a Panamá, para consolidar el uso de instrumentos económicos en la gestión del agua.

Que el establecimiento de una tasa por uso del agua, su actualización, y la implementación de un instrumento legal para instaurar la...

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