Acuerdo Municipal Nº 10 de 21 de mayo de 2007, "POR EL CUAL SE ADSCRIBE A LA ASOCIACION INTERMUNICIPAL DE LOS SANTOS (AILS), LA GESTION DE LA OFICINA DE LA DIRECCION DE OBRAS, Y CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MACARACAS."

ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO DIEZ (10)

De 21 de mayo de 2,007.

Por el cual se adscribe a la Asociación Intermunicipal de Los Santos (AILS), la gestión de la oficina de la Dirección de Obras, y Construcciones del Municipio de Macaracas.

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MACARACAS

En uso de sus facultades legales, y

CONSDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Municipal número 9, de 16 de diciembre de 1,999, el Municipio de Macaracas, forma parte integrante de la Asociación Intermunicipal de Los Santos.

Que la Asociación Intermunicipal de Los Santos, es una mancomunidad constituida según el artículo 140, de la Ley 106, de 8 de octubre de 1973 y según el artículo 238 de la Constitución de la República de Panamá, con el objetivo de fortalecer institucionalmente los Municipios, crear las condiciones institucionales, que favorezcan el proceso de descentralización administrativa, y promover el desarrollo integral, y sostenido del territorio.

Que el Municipio de Macaracas, ha creado mediante Acuerdo Municipal número nueve (9), de 21 de mayo de 2,007, la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

Se adscribe a la Asociación Intermunicipal de Los Santos, la gestión de la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones de Macaracas, con las funciones establecidas para la Oficina, por el Artículo Segundo del Acuerdo Municipal número 9, de 21 de mayo de 2,007.

ARTÍCULO SEGUNDO

El Municipio de Macaracas, presupuestará para el mantenimiento de la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones Intermunicipal, además de los fondos ya aprobados, para la Asociación Intermunicipal de Los Santos, un porcentaje de los ingresos generados, por los trabajos desarrollados por la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones Intermunicipal. Este porcentaje se calculará de forma anual, para ser incluido en el presupuesto del año siguiente, en base a la siguiente tabla.

DESDE

HASTA

%

B/. 0.00

B/. 15,001.00

B/. 20,01.00

B/. 30,001.00

B/. 40,001.00

B/. 50,001.00

B/. 70,001.00

B/. 90,001.00

B/. 15,000.00

B/. 20,000.00

B/. 30,000.00

B/. 40,000.00

B/. 50,000.00

B/. 70,000.00

B/. 90,00.00

B/.110,000.00

25

22

19

17

15

13.5

11.5

11

B/. 110,001.00

B/.130,001.00

B/. 150,001.00

B/. 170.001.00

B/. 200.001.00

B/. 250,001.00

B/. 130,000.00

B/. 150,000.00

B/. 170.000.00

B/. 200.000.00

B/.250,000.00

En adelante

6.5

6.5

6

5.5

4.5

4

ARTÍCULO TERCERO

La ubicación del porcentaje correspondiente, para incluir en el presupuesto municipal del año siguiente, se utilizará como...

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