Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Abril de 2017

PonenteCecilio A. Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución24 de Abril de 2017
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

  1. Posición del accionante:

    El L.. J.S. ha presentado en nombre y representación del L.. R.V.G., advertencia de ilegalidad en contra del Acto Administrativo por medio del cual la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social procede a realizar el concurso para la escogencia del Director General de la Caja de Seguro Social para el período 2017-2019.

    A juicio de la parte actora, la interposición de la presente advertencia de ilegalidad tiene cabida por existir un proceso administrativo en curso por parte de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social, para la selección y constitución de una terna para designar al Director General de la Caja de Seguro Social, para completar el período 2017-2019.

    El procedimiento empleado para escoger la terna del Director General de la Caja de Seguro Social ha violado los derechos de ocho (8) aspirantes que no fueron entrevistados, quienes presentaron todos sus documentos en regla, procediéndose de esta manera a infringir los artículos de la Ley Orgánica de la entidad y del Reglamento del Concurso. En consecuencia, se ha violado el debido proceso administrativo, al no haber tenido los aspirantes acceso a conocer la evaluación y puntaje a ellos otorgados por la Comisión designada.

    El proceso de selección de candidatos que lleva a cabo por la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social para la escogencia del Director General de la Caja de Seguro social, tiene vicios de ilegalidad, por no respetar los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 del reglamento aprobado para dicho concurso de escogencia de postulaciones. Por tales motivos, se trastoca la existencia de un proceso transparente y objetivo.

    Por las anteriores razones, se pretende la declaratoria de ilegalidad del procedimiento a emplearse por parte del Pleno de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social, al momento de escogerse la terna para seleccionar al Director General de la referida entidad, por no respetarse los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 del Reglamento de Selección del Concurso.

  2. Decisión de la Sala:

    Encontrándose el presente proceso en estado de Admisión, considera el M.S. de la causa, que la Advertencia de Ilegalidad presentada en contra del Acto Administrativo por medio del cual la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social procede a realizar el concurso para la escogencia del Director General de la Caja de Seguro Social para el período 2017-2019, no puede ser admitida por las siguientes razones:

    1. - La disposición legal que regula la figura jurídica de la Advertencia de Ilegalidad a nivel legal, viene a constituirlo el artículo 73 de la Ley 38 de 2000, el cual señala lo siguiente:

      "Artículo 73. La autoridad que advierta o a la cual una de las partes le advierta que la norma legal o reglamentaria que debe aplicar para resolver el proceso tiene vicios de inconstitucionalidad, formulará, dentro de los dos días siguientes, la respectiva consulta ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, salvo que la disposición legal o reglamentaria haya sido objeto de pronunciamiento por dicho Tribunal.

      De igual manera, cuando la autoridad advierta o alguna de las partes le advierta que la norma o normas reglamentarias o el acto administrativo que debería aplicar para resolver el proceso, tiene vicios de ilegalidad, dentro de los dos días siguientes, someterá la consulta respectiva ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, salvo que la disposición legal o acto haya sido objeto de pronunciamiento de esta Sala.

      En uno y...

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