Contrato Nº 065-06 de 30 de noviembre de 2006, "CONTRATO ENTRE LA AUTORIDAD AERONAUTICA CIVIL Y LA EMPRESA MANTECHNIMIENTO, S.A."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL

CONTRATO No.065/2006

Entre los suscritos a saber: Licenciado EUSTACIO FÁBREGA, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal N°8-168-918, actuando en su calidad de Director General y Representante Legal de la Autoridad Aeronáutica Civil, debidamente facultado para este acto y previo concepto favorable del Consejo Económico Nacional, quien de ahora en adelante se denominará AERONÁUTICA, por una parte, y por la otra, IAN DEREK ALBA PINO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No.8-733-267, actuando en su calidad de Representante Legal de la empresa MANTECHNIMIENTO, S.A., sociedad panameña inscrita en la Ficha 501151, Documento 826732 de la sección mercantil de Registro Público, con domicilio en Vía España y Hato Pintado, Calle 79, Plaza las Pirámides, Local 23, teléfono 323-1372/323-1373, quien en lo sucesivo se denominará EL CONTRATISTA, convienen en celebrar el presente contrato para los trabajos de repavimentación y señalización del aeródromo de San Miguel, Provincia de Panamá, como consecuencia de la Licitación Pública No.003-06, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO:

EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar para AERONÁUTICA los trabajos de repavimentación y señalización del aeródromo de San Miguel, Provincia de Panamá, en adelante denominados LA OBRA, de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones especiales señaladas en el pliego de cargos de la Licitación Pública No.003-06, documento éste que se considera parte integrante del presente contrato y por lo tanto, de obligatorio cumplimiento para las partes contratantes. Este compromiso incluye el suministro de todos los recursos que se requieran para ejecutar LA OBRA, tales como; materiales, productos, equipo, personal, gastos legales, dirección técnica y administrativa, entre otros.

SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar LA OBRA a entera satisfacción de AERONÁUTICA, debiendo repetir por su cuenta y riesgo aquellos que queden defectuosos y a cumplir con todas las responsabilidades legales que se le imputen con motivo de la ejecución de este contrato, tales como: indemnizaciones, liquidaciones, compensaciones, reparaciones, pago de impuestos nacionales o municipales, de acuerdo con lo establecido en las leyes y normas vigentes.

Queda convenido que EL CONTRATISTA exonera y libera expresa y totalmente a AERONÁUTICA, ante terceros, de toda responsabilidad civil, laboral, fiscal o de cualquier naturaleza, DIRECTA O INDIRECTA, con la ejecución del presente contrato, como por ejemplo: incumplimiento por disposiciones municipales o de cualquier otra autoridad pública legalmente constituida; pago de prestaciones a sus trabajadores; pagos de suministros...

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