Resolución de Junta Directiva Nº 022 de 31 de agosto de 2009, 'POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN No.018-JD DE 15 DE MAYO DE 2008 PARA EL COBRO DE LAS TASAS POR LOS SERVICIOS AEROPORTUARIOS EN HORARIOS DESPUÉS DEL CIERRE DE OPERACIONES DE LOS AEROPUERTOS'.

RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA Nº 022

(De 31 de agosto de 2009)

"Por medio del cual se modifica la Resolución No. 018-JD de 15 de mayo de 2008 para el cobro de las tasas por los servicios aeroportuarios en horarios después del cierre de operaciones de los aeropuertos."

LA JUNTA DIRECTIVA

En uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3, numeral 20 de la Ley 22 de 29 de enero de 2003, faculta a la Autoridad Aeronáutica Civil para fijar, cobrar y percibir tasas y tarifas, derechos y rentas que correspondan a los servicios que suministre y por el uso de sus facilidades, previa aprobación de la Junta Directiva.

Que los costos generados por la Autoridad Aeronáutica Civil, en la prestación de servicios aeroportuarios, para particulares o empresas que demanden un tratamiento especial requieren una recuperación de los costos por parte de la institución.

Que mediante la Resolución No. 018-JD de 15 de mayo de 2008, se modificó la Resolución No. 065-JD de 28 de julio de 1998 por el cual se establece el cobro de tasas por los servicios aeroportuarios en horarios después del cierre de operaciones de los aeropuertos.

Que en el artículo primero de la Resolución No. 018-JD de 15 de mayo de 2008, el numeral 3 es una continuación del numeral 2, y a su vez, se debe incluir entre los funcionarios públicos que atenderán la operación de los vuelos internacionales a un funcionario del Ministerio de Salud.

Que ante los anteriores hechos, es necesario modificar el artículo primero de la Resolución No. 018-JD de 15 de mayo de 2008, a fin de que mantenga una numeración ordenada, y se incluya entre los funcionarios públicos que atenderán la operación de los vuelos internacionales a un funcionario del Ministerio de Salud.

Que corresponde a la Junta Directiva determinar, aprobar o modificar las tarifas o tasas por los servicios prestados por la Autoridad Aeronáutica Civil.

EN CONSECUENCIA,

RESUELVE:

PRIMERO: Modificar, como en efecto se modifica, el artículo primero de la Resolución No. 018-JD de 15 de mayo de 2008, el cual quedará así:

  1. Permitir las operaciones aéreas en los aeropuertos administrados por la Autoridad Aeronáutica Civil, para aeronaves nacionales y extranjeras, que soliciten servicios aeroportuarios, en horarios después del cierre de operaciones del aeropuerto.

  2. Que las operaciones aéreas tendrán que ser autorizadas por el Administrador (a) del aeropuerto, previa solicitud presentada por escrito por la empresa interesada con una (1)...

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