Resolución de Gabinete Nº 45 de 20 de abril de 2007, "QUE EXCEPTUA AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE CONTRATISTA (ACTO PUBLICO) Y EMITE CONCEPTO FAVORABLE PARA TRASPASAR, A TITULO GRATUITO (DONACION), A LA UNIVERSIDAD ESPECIALIZADA DE LAS AMERICAS (UDELAS), EL DOMINIO DE LOS EDIFICIOS NO. 803, No. 806, No. 808 Y No. 850 CON SUS RESPECTIVOS LOTES DE TERRENO, EL LOTE No. 636, UBICADOS EN EL SECTOR DE ALBROOK, CORREGIMIENTO DE ANCON, DISTRITO Y PROVINCIA DE PANAMA ."

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RESOLUCIÓN DE GABINETE 45

(de 20 de abril de 2007)

Que exceptúa al Ministerio de Economía y Finanzas del procedimiento de selección de contratista (acto público) y emite concepto favorable para traspasar, a título gratuito (donación), a la Universidad Especializada de las Américas (UDELAS), el dominio de los Edificios N°803, N°806, N°808 y N°850 con sus respectivos lotes de terreno, el Lote N°649 con sus mejoras identificadas como N°648, N°649 y el Lote N°636, ubicados en el sector de Albrook, corregimiento de Ancón, distrito y provincia de Panamá

El Consejo de Gabinete,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que según los artículos 8 y 28 del Código Fiscal y el acápite D, numerales 3 y 6 del artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas la administración, conservación y vigilancia de todos los bienes de la República de Panamá que no estén administrados por otras entidades, o cuando así expresamente sea autorizado por ley o decreto de gabinete o decreto ejecutivo;

Que, mediante la Resolución de Gabinete N°108 de 27 de diciembre de 2005, se transfirieron al Ministerio de Economía y Finanzas, las funciones de custodia y administración de los bienes propiedad de la Nación y las demás atribuciones cuya competencia estaba asignada a la Autoridad de la Región Interoceánica hasta el 31 de diciembre de 2005, por lo que se entiende que el Ministerio de Economía y Finanzas ha sido autorizado para este acto;

Que, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N°67 de 25 de mayo de 2006, se crea la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, dentro de la estructura administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual estará adscrita al Despacho Superior;

Que el artículo 58, numeral 10, en concordancia con el artículo 102 de la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995, según fueron modificados, respectivamente, por los artículos 11 y 15 del Decreto Ley 7 de 2 de julio de 1997, establecen que no será necesaria la celebración del procedimiento de selección de contratista en los actos o contratos que celebre el Estado con sus instituciones autónomas o semiautónomas, municipales o con las asociaciones de municipio, o de éstas entre sí, y que sólo podrán enajenarse bienes públicos, a título de donación, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de entidades o dependencias públicas, siendo necesario el concepto favorable del Consejo de Gabinete cuando la donación exceda de dos millones de balboas (B/.2,000,000.00);

Que la Universidad Especializadas de las Américas (UDELAS), fue creada mediante la Ley 40 de 18 de noviembre de 1997, como una universidad oficial de la República de Panamá, con autonomía, personería jurídica y patrimonio propio, con facultades para administrar y...

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