Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 28 de Junio de 2019

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución28 de Junio de 2019
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Harry Alberto Díaz González

Fecha: 28 de junio de 2019

Materia: Amparo de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 245-19

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, de la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales promovida por el licenciado J.G., apoderado judicial del señor A.M.A., contra la Resolución Administrativa N°545 de 14 de diciembre de 2018, proferida por el Director General de la Autoridad Nacional de Aduanas.

FUNDAMENTOS DEL AMPARISTA

El licenciado J.G., refiere que mediante Resolución Administrativa N°545 de 14 de diciembre de 2018, proferida por el Director General de la Autoridad Nacional de Aduanas, se le separa a su representado, el señor A.M.A., del cargo que ocupa de I. de Aduanas I, provisionalmente, sin goce de salario, por encontrarse bajo investigación por supuestas irregularidades en el ejercicio de sus funciones.

Considera que a pesar que la resolución advierte que, "si al término de las investigaciones y del proceso respectivo, no existieren motivos para la destitución será reintegrado a su puesto de trabajo, con derecho a devengar los salarios dejados de percibir durante el tiempo, que estuvo separado del cargo", esta decisión no se fundamenta en ninguna norma jurídica, ni reglamentaria de recursos humanos, ni de manejo de personal dentro de la Autoridad Nacional de Aduanas.

Manifiesta que expuso esta argumentación ante la autoridad demandada, no obstante, mediante Resolución Administrativa N°021 de 18 de enero de 2019, el Director General de la Autoridad Nacional de Aduanas, dispuso mantener los dispuesto en el acto atacado.

A juicio del letrado, el acto acusado infringe la garantía consagrada en el artículo 32 de la Constitución Política de manera directa por acción ya que el procedimiento legal dispensado vulnera el contenido de dicha norma en concordancia con el artículo 42 de la Resolución N°97 de lunes, 22 de noviembre de 2010, que adopta el reglamento interno de la Autoridad Nacional de Aduanas; ya que no hay una "resolución judicial final o definitiva en donde se acredite definitivamente la participación" de su representado dentro de las investigaciones.

Este acto quebranta el derecho a la estabilidad del señor M.A., ya que deja su nombramiento sin efecto de manera provisional, sin cumplir con las formalidades legales, por lo que estima vulnerado el artículo 17 de la Constitución Política Nacional, de manera...

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