Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 27 de Agosto de 2019

PonenteJosé Eduardo Ayu Prado Canals
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2019
EmisorPleno

VISTOS:

El L.J.A.Q., quien actúa en su condición de apoderado judicial de la persona jurídica PDVSA PETRÓLEO, S., interpuso Acción de Amparo de Garantías Constitucionales contra el PRIMER TRIBUNAL MARÍTIMO DE PANAMÁ, por razón de la decisión adoptada mediante Auto No. 10 del veintiocho (28) de enero del dos mil diecinueve (2019), a través de la cual dicha autoridad jurisdiccional dispuso lo siguiente:

PRIMERO: APROBAR LA VENTA JUDICIAL EN PÚBLICA SUBASTA realizada el día veintiuno (21) de enero de dos mil diecinueve (2019), dentro del Proceso Marítimo Ordinario que MARÍTIMA POLAR CORP., le sigue a PDV MARINA, S., y a PDVSA PETRÓLEO, S., en el que fuera secuestrada—y posteriormente vendida—la carga abordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente en RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas), y sustituirla por el producto de la venta judicial que se hiciera de ella.

SEGUNDO: ADJUDICAR DE FORMA DEFINITIVA—donde está y como está--, libre de gravámenes y obligaciones, la carga abordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente en RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas) por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL VEINTICUATRO DÓLARES AMERICANOS CON 44/100 (US$ 4,920,024.44), a la empresa PENÍNSULA PETROLEUM PANAMÁ, INC.

TERCERO: ORDENAR EL LEVANTAMIENTO DEL SECUESTRO que pesa sobre la carga abordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente en RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas), decretado por este Tribunal mediante Auto No. 185 del treinta (30) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

CUARTO: ORDENAR AL ALGUACIL velar porque se efectúe la entrega de la carga abordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente en RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas), al adjudicatario definitivo, PENINSULA PTROLEUM PANAMA, INC.

QUINTO: EXTENDER al adquirente copia autenticada de la presente resolución, para los efectos constituirlo como título de propiedad de la carga a bordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente en RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas).

SEXTO: ORDENAR al Alguacil de este Tribunal ejecutar las labores inherentes al cargo, tendientes a dar cumplimiento a la presente resolución.

SÉPTIMO: ADVERTIR al adquirente que, a partir de la entrega formal de la documentación que lo acredite como el propietario de la carga a bordo de la M/N THEODOROS I.V., consistente RMG 500 (18,774.04 toneladas métricas) adquiridas en la subasta pública, cualquier gasto en que se incurran al momento del trasiego de la carga dejará de ser responsabilidad del Tribunal y correrán...

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