Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 6 de Noviembre de 2018

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: H.A. De León Batista

Fecha: 06 de noviembre de 2018

Materia: Amparo de Garantías Constitucionales

Primera instancia

Expediente: 582-18

Vistos:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, las acciones de Amparo de Garantías Constitucionales interpuestas por los licenciados A.M.O. y J.D.C., en nombre y representación de BUNKER SECURITY GUARDS PANAMA, S.A. y VIGILANCIA PRIVADA UNIVERSAL SECURITY GUARDS PANAMA, S.A., contra la resolución de 16 de mayo de 2018, proferida por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Luego de lo anterior, se advierte que en este caso se presentaron dos acciones separadas, las cuales, posteriormente se dispusieron acumular mediante resolución de 6 de agosto de 2018.

Aclarado lo anterior, debemos señalar que la actuación impugnada dispone "Negar" la solicitud de archivo que se había presentado dentro del trámite por la presentación de un pliego de peticiones contra las amparistas.

Según las recurrentes, esta decisión contraviene el artículo 32 constitucional, toda vez que la funcionaria señalada "no le imprimió el trámite legal correspondiente a la solicitud de pliego de peticiones de convención colectiva...", ya que no verificó si los trabajadores firmantes eran empleados de éstas empresas, así como tampoco el tipo de actividad a la que se dedican las mismas.

Agregan que ellas sí probaron lo anterior y, en razón de ello se opusieron al pliego de peticiones presentado, solicitaron el archivo del expediente y posteriormente presentaron un escrito de nulidad.

Consideraciones y decisión del Pleno:

P. estos aspectos generales, se procede al análisis formal correspondiente a la presente etapa.

En ese sentido, debemos advertir que al verificar el concepto de infracción de los libelos, no se establece cuál es el procedimiento que se ha incumplido por parte de la funcionaria señalada, o en su defecto, cuál era el que debía seguirse al momento de negar la solicitud de archivo dentro de la presentación del pliego de peticiones. Este aspecto es trascendental y no un simple formalismo, ya que representa un punto de partida para poder determinar si efectivamente nos encontramos frente a una evidente y clara contravención de derechos constitucionales, que es en sí un presupuesto para la procedencia de esta acción.

Además de lo externado, y sin que esto represente un análisis de fondo, consta que en el primer libelo la...

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