Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 9 de Marzo de 1998
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 1998 |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial |
VISTOS:
El licenciado M.A.R.R., actuando en nombre y representación del señor R.M.B.I., ha interpuesto recurso de apelación contra la resolución emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, de 17 de diciembre de 1997, que NIEGA la demanda de Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta contra la orden de hacer contenida en el Auto Nº 729 de 27 de junio de 1997, emitido por el Tribunal de Apelaciones y Consultas de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá.
Concedido en el efecto suspensivo el recurso de apelación, corresponde al Pleno de la Honorable Corte Suprema de Justicia proceder al análisis respectivo.
FUNDAMENTO DE LA APELACIÓN
El licenciado M.A.R.R., expone que la resolución de 17 de diciembre de 1997 no se ajusta a derecho, en virtud de que el Auto Nº 729 de 27 de junio de 1997 viola las garantías fundamentales de su cliente, al no cumplir con lo establecido en los artículos 17, 19 y 55 de la Constitución Nacional.
Por otro lado señala el recurrente que la posición del Primer Tribunal Superior de Justicia en lo concerniente a que en el amparo no deben considerarse aspectos de fondo de la resolución impugnada ha sido materia de discusión en la jurisprudencia nacional.
Finalmente el recurrente expone su disconformidad con el criterio del Primer Tribunal Superior de Justicia toda vez que dicha corporación judicial consideró que no hay violación del artículo 55 de la Constitución Nacional, el cual regula la Patria Potestad compartida de los padres, en virtud de que dicha materia fue atendida en la resolución atacada. No obstante el recurrente subraya su disconformidad con dicho criterio al decir que "ni en la resolución del Juzgado Municipal, ni en la resolución del Tribunal de Apelaciones y Consultas de Familia de Segunda Instancia, se ha podido establecer fehacientemente si la demandante contribuye con la alimentación de su hija".
FUNDAMENTO DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA
Se tiene como resolución impugnada la emitida por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL del 17 de diciembre de 1997, en la demanda de Amparo de Garantías Constitucionales propuesta por R.M.B.I. contra el TRIBUNAL DE APELACIONES Y CONSULTAS DE FAMILIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, dentro del proceso de alimentos propuesto por ELSA RUBIO CARRERA contra R.M.B..
Al decidir el fondo de la materia sometida a su consideración la demanda de Amparo de Garantías Constitucionales, el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial negó la pretensión del...
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