Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 24 de Junio de 1994

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución24 de Junio de 1994
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado L.A.S.K. en representación de la sociedad anónima denominada HOJALATERÍA FERRER, S.A., presentó acción de amparo de garantías constitucionales contra las órdenes de hacer contenidas en la resolución 35-DGT-53-93 de 26 de agosto de 1993, adicionada por la Nº 38-DGT-53-93 de 16 de septiembre del mismo año, ambas expedidas por la DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

Examinados los requisitos formales del libelo presentado y su procedencia, se dictó el proveído de 24 de mayo del año en curso, admitiendo la acción presentada y requiriendo de la autoridad demandada y dentro del término de la ley, el envío de un informe sobre los hechos materia del recurso y en lo posible, los antecedentes o actuaciones sobre el caso. En respuesta a esta solicitud, se recibió la nota Nº 148-DGT-94 de 27 de mayo de 1994, en la que el Director General de Trabajo manifiesta que no puede refutar los cargos que se le endilgan a las resoluciones censuradas mediante esta acción porque el expediente que recoge toda la actuación en este caso, fue remitido al Juzgado Cuarto de Trabajo de la primera Sección, para su ejecución y en el archivo de su despacho sólo constan las copias de las resoluciones expedidas.

Por razón de lo anterior, se solicitó al Juez Cuarto de Trabajo de la primera Sección que remitiera los expedientes referidos a este despacho y que habían sido enviados para su liquidación y ejecución. Atendiendo este requerimiento, el licenciado M.M., del Juzgado Cuarto de Trabajo remitió a este despacho el expediente que contiene la solicitud de ejecución de sentencia interpuesta por M.D.J.B., G.M. y otros, contra FERCA, S.A. Y/O COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DEL MAR, S.A. Y/O HOJALATERÍA FERRER, S.A. Y/O INOXA, S.A., además de un cuadernillo de secuestro entre las mismas partes.

Corresponde ahora examinar la pretensión contenida en el libelo de acción de amparo de garantías constitucionales con el propósito de constatar si se han producido las violaciones a las normas que contienen las garantías constitucionales que se dicen afectadas por las órdenes de hacer impugnadas.

De conformidad con el trámite que establece la Ley 53 de 28 de agosto de 1975, los señores M.D.J.B.M., G.M., F.M., A.M., D.I.N., EDUARDO SANTOS Y ROGER SOUSA presentaron demanda laboral ante la Dirección General de Trabajo a fin de lograr el pago de las prestaciones laborales surgidas por la finalización de las relaciones de trabajo con las empresas empleadoras, en incumplimiento del...

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