Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Septiembre de 1997

PonenteJUAN A. TEJADA MORA
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Licenciado Domingo S.P., actuando en nombre y representación de la IGLESIA INTERNACIONAL DEL EVANGELIO CUADRANGULAR (CUADRADO), ha interpuesto acción de amparo de garantías constitucionales contra orden "contenida en los documentos que reposan en la Administración de la Zona Libre de C. y que se nos fueron negados, firmados por la Secretaria General, a.i. M.I.P. y decretada por el Señor PEDRO CAMPAGNANI, Gerente General de la Zona Libre de Colón." (F. 4)

El recurso se encuentra pendiente de decidir sobre su admisibilidad, a lo que procede la Corte, previas las siguientes consideraciones.

De acuerdo con el libelo de demanda, el amparo se dirige contra una orden del Gerente General de la Zona Libre de Colón. El Decreto Ley 18 de 17 de junio de 1948 creó la Zona Libre como institución del Estado panameño y en su artículo XXI expresa que "el Gerente de la Zona Libre de C. tendrá a su cargo la dirección administrativa y técnica de la Institución". Por su parte, el artículo XXXIV de ese mismo Decreto Ley señala lo siguiente:

ARTÍCULO XXXIV. La Zona Libre de Colón poseerá y operará dentro de la Provincia de Colón, una o varias áreas adyacentes, cercanas y de fácil comunicación al Puerto, las cuales destinará exclusivamente a las operaciones de intercambio o comercio internacional que más adelante se detallan.

Si bien en ocasiones anteriores el Pleno de la Corte Suprema de Justicia ha conocido de amparos de derechos fundamentales contra actos del Gerente de la Zona Libre de Colón, en esta oportunidad considera que de acuerdo con los artículos antes mencionados, este funcionario público tiene como ámbito...

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