Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Enero de 2001

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia acción de amparo de derechos fundamentales presentado por la firma forense M. y M. en representación de Empresa de Generación Eléctrica Fortuna S. A. (Ege Fortuna, S. A.) contra el Auto PJ-5 proferido por la Junta de Conciliación y Decisión No. 5 de la Provincia de Panamá.

La Corte procede al análisis de la acción presentada, en vías de determinar si la misma cumple con los requisitos formales que hagan posible su admisión.

Observa esta Corporación de Justicia que el libelo presentado adolece de defectos que imposibilitan su admisión.

En efecto, el amparista ataca el Auto PJ-5 del 10 de octubre de 2000, proferido por la Junta de Conciliación y Decisión Número Cinco de Panamá la cual se limita a ordenar el envío del expediente contentivo del proceso laboral promovido por G.C. contra Empresa de Generación Fortuna, S. A. al Juzgado Seccional de Trabajo con el propósito de que se proceda a la ejecución de la sentencia (vid. f. 1).

En los términos del artículo 50 de la Constitución Nacional "... Toda persona contra la cual se expida o se ejecute, por cualquier servidor público, una orden de hacer o de no hacer, que viole los derechos y garantías que esta Constitución consagra, tendrá derecho a que la orden sea revocada a petición suya o de cualquier persona ..."

En otro sentido estamos en presencia de una orden de hacer cuando existe un mandato arbitrario dirigido a procurar de parte de aquella a quien se impone la ejecución o la no ejecución de un acto del cual resulte disminuido el goce de algún derecho que la Constitución le reconoce y garantiza (vid. Sentencias del Pleno 24 de noviembre de 2000, 13 de febrero de 1998, 9 de febrero de 1998, 18 de noviembre 1998, 22 de octubre de 1993).

Al explicar los hechos de la demanda el amparista se refiere a errores de interpretación por parte de la Junta de Conciliación y Decisión No. 5 de la sentencia proferida por esa misma instancia y...

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