Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Noviembre de 1993

PonenteDr. CARLOS LUCAS LÓPEZ T
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 1993
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado R.M., actuando como apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MENAGED AZRAK o IMPERIO CALIDONIA, S.A., ha presentado acción de amparo de garantías constitucionales contra la Nota No.8100-643-93 del 19 de agosto de 1993, dictada por el Director General de Arrendamientos, del Ministerio de Vivienda, en la que "ordena la suspensión provisional de cualquier acción de desalojo y/o lanzamiento en contra de N.S.L.L., A.C.D., L.C.W. y C.G.G..", dentro del proceso de lanzamiento por intruso que le sigue el demandante a estos últimos.

Recibido el libelo de la demanda toca a esta Corporación decidir sobre su admisibilidad, a lo que se procede, previas las siguientes consideraciones:

La acción de amparo de garantías constitucionales ha sido instituida para proteger a los ciudadanos de órdenes de hacer o de no hacer emitidas por los servidores públicos que violen derechos o garantías constitucionales que puedan causar lesiones graves o daño inminente a un ciudadano, por lo que requieren su revocación inmediata, tal como lo establece el artículo 2606 del Código Judicial.

Según se observa, la orden impugnada tal como vimos se limita a instruir al Corregidor de Calidonia a que suspenda cualquiera acción de desalojo y/o lanzamiento contra los señores N.S.L.L., A.C.D., L.C.W. y C.G.G.. La orden lleva fecha de 19 de agosto de 1993 y con ella se acompañan sendas copias de las resoluciones 212, 213, 214 y 215 de fecha 26 de agosto de 1993, en virtud de las cuales el Corregidor de Calidonia resuelve denegar la declaratoria de intruso que había presentado Imperio Calidonia, S.A. en contra de varios establecimientos comerciales, que al parecer pertenecen a las personas naturales que se mencionan en la orden de suspensión dictada por el Director General de Arrendamientos.

Se observa, además, que el argumento en base al cual se apoya el Corregidor de Calidonia para denegar la condición de intruso a...

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