Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Marzo de 2002

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2002
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.F.R.G., actuando en su calidad de apoderado judicial del señor J.L.L., ha presentado amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en la Resolución de 15 de noviembre de 2001, emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que revocó la Sentencia No. 53 de 23 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado Primero de Circuito de lo Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá.

  1. LA ORDEN DE HACER IMPUGNADA.

    La orden de hacer que se impugna recayó en la Sentencia de 15 de noviembre de 2001, expedida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, que revocó la Sentencia No. 53 de 23 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado Primero de Circuito de lo Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá, en el Proceso Ordinario incoado por Z.Y.X. contra J.L.L.; y en consecuencia Declara: "PRIMERO: Que el señor J.L.L., con cédula PE-173-36 ó E-8--74329 incurrió en mora en el pago del acuerdo pactado en el llamado "Contrato de Compraventa" (Promesa) celebrado con el señor Z.Y.X., con cédula de identidad personal No. E-8-54331; SEGUNDO: Que por haber incurrido el promitente comprador, J.L.L., en la mora que se describe en el pacto celebrado con el señor Z.Y.X., queda resuelto el llamado "Contrato de Compraventa" (Promesa) así celebrado entre ellos el día 24 de octubre de 1998, que recayó sobre la finca 124,357, rollo 11279, comp. documento 2, cód. 8308, sección de la propiedad de la Provincia de Panamá, de propiedad de Z.Y.X.; y, TERCERO: Que como consecuencia de lo anterior, queda ejecutoriada en favor del demandante, Z.Y.X., la cláusula penal estipulada en el contrato sobre el monto de los B/.5,000.00 que corresponden al abono inicial que realizara el señor J.L.L.. (fs. 195-217, antecedentes).

    II LA DEMANDA DE AMPARO.

    En los hechos de la demanda, el licenciado A.E.R.G., apoderado judicial del amparista, J.L.L., explica que el Juzgado Primero de Circuito Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá, dictó la Sentencia No. 53 de 23 de noviembre de 2000, dentro del Proceso Ordinario de mayor cuantía propuesto por Z.Y.X. contra J.L.L., y en la cual se negaron las declaraciones solicitadas por el demandante, además lo exoneró del pago de las costas por considerar su actuación de buena fe.

    El accionante añade en los hechos de la demanda, que contra la referida Sentencia de primera instancia, ambas partes anunciaron recurso de apelación.

    Continúa señalando el accionante, que su representado...

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