Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Enero de 1994

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución13 de Enero de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ante la Corte Suprema de Justicia, el Sindicato de los Trabajadores del Instituto de Recursos Hidráulicas y Electrificación mediante apoderado especial, presentó cuatro acciones de amparo de garantías constitucionales con el objeto de que se revocaran 4 resoluciones dictadas el 19 de noviembre de 1993 por la Ministra de Trabajo y Bienestar Social, a saber:

A. Resolución Nº D.M. 231-93;

B. Resolución Nº D.M. 232-93;

C. Resolución Nº D.M. 233-93;

D. Resolución Nº D.M. 234-93;

Como quiera que las resoluciones impugnadas versan sobre autorización otorgada por el Ministerio de Trabajo al I.R.H.E. para terminar la relación de trabajo con varios trabajadores, los Magistrados a quienes les fueron repartidas las acciones decidieron, en homenaje al principio de economía procesal, acumularlas para que fueran sustanciadas por un mismo Magistrado y falladas en una sola sentencia. Dado el hecho que al suscrito M.P. fue a quien se le repartió el primer amparo de garantías constitucionales, se le encomendó que confeccionara el proyecto de resolución.

Pues bien, las resoluciones impugnadas fueron expedidas en diferentes procesos que se adelantaron en el Ministerio de Trabajo. Veamos el objeto de cada uno de esos procesos:

  1. El I.R.H.E. solicitó autorización para terminar la relación de trabajo que mantenía con 45 trabajadores que tenían a su cargo el servicio de aseo en las instalaciones de dicha institución, debido a que, mediante actos de contratación pública, ese servicio se le adjudicó a empresas particulares. Este proceso culminó con la Resolución Nº D.M. 231 de 19 de noviembre de 1993, mediante la cual la Ministra de Trabajo, previa reforma de la resolución de primera instancia, autoriza al I.R.H.E para terminar la relación de trabajo con 27 trabajadores.

  2. El I.R.H.E. solicitó autorización para terminar la relación de trabajo que mantenía con 15 trabajadores que tenían a su cargo el servicio de refrigeración (mantenimiento correctivo y preventivo de los aires acondicionados a nivel nacional), en las instalaciones de esa institución, debido a que, mediante actos de contratación pública, ese servicio se le adjudicó a empresas particulares. Este proceso culminó con la Resolución Nº D.M. 232 de 19 de noviembre de 1993, mediante la cual la Ministra de Trabajo, previa reforma de la resolución de primera instancia, autoriza al I.R.H.E para terminar la relación de trabajo con 5 trabajadores.

  3. El I.R.H.E. solicitó autorización para terminar la relación de trabajo que mantenía con 150 trabajadores, debido a que, mediante las resoluciones Nº 41-91 de 9 de mayo de 1991 y Nº 50 de 28 de mayo de 1991, la Junta Directiva del I.R.H.E. decidió hacer modificaciones en la estructura organizativa de la institución, que al ser implementadas dieron como resultado la eliminación de puestos de trabajo. Este proceso culminó con la Resolución Nº D.M. 233 de 19 de noviembre de 1993, mediante la cual la Ministra de Trabajo, previa reforma de la resolución de primera instancia, autoriza al I.R.H.E para terminar la relación de trabajo con 70 trabajadores.

  4. El I.R.H.E. solicitó autorización para terminar la relación de trabajo que mantenía con 51 trabajadores que tenían a su cargo la seguridad en las instalaciones de esa institución, debido a que, mediante actos de contratación pública, ese servicio se le adjudicó a empresas particulares. Este proceso culminó con la Resolución Nº D.M. 234 de 19 de noviembre de 1993, mediante la cual la Ministra de Trabajo, previa reforma de la resolución de primera instancia, autoriza al I.R.H.E para terminar la relación de trabajo con 32 trabajadores.

    Al analizar el negocio que nos ocupa, observa el Pleno que las resoluciones impugnadas versan sobre...

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