Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Febrero de 2001

PonenteGABRIEL E. FERNÁNDEZ M
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado C.H.M. en representación de G.A.F., ha interpuesto acción de amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en la sentencia fechada 28 de septiembre de 2000, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, mediante la cual REVOCA la sentencia PJ-7-18-99 de 26 de abril de 1999 dictada dentro del proceso laboral interpuesto por su representado en contra de la EMPRESA DE TRANSMISION ELECTRICA S. A. (ETESA).

Admitido el amparo, se solicitó a la autoridad demandada el envío de la actuación a esta Superioridad o en su lugar un informe acerca de los hechos materia de esta acción.

En atención a lo anterior, la magistrada ponente, mediante Nota N° 2262 de 20 de diciembre de 2000 envió el informe correspondiente en el que sostiene que "Previa revocatoria de la sentencia emitida por la Junta de Conciliación y Decisión Número Siete (7), a (sic) declarar Justificado el despido del trabajador G.A.F.G. y absolvió a la Empresa de Transmisión Eléctrica S. A. de las reclamaciones incoadas en su contra por el demandante". Agrega que resolvió la controversia laboral "teniendo en cuenta las normas del debido proceso y la recta interpretación de las normas laborales, en el ejercicio de las facultades legales y constitucionales que tiene para revocar una resolución de primera instancia que fuera recurrida.

El amparista establece como fundamento de su acción las siguientes consideraciones:

"PRIMERO: El señor G.A.F., interpuso demanda laboral por despido injustificado contra EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA , S. A. (ETESA), ante la Junta de Conciliación y Decisión de Panamá, para que se le pagara indemnización extraordinaria, bonificación y pago de salarios caídos.

SEGUNDO

El día 26 de abril de 1999, la Junta de Conciliación y Decisión N° 7 de Panamá, mediante sentencia PJ-7-18-99, resolvió declarar injustificado el despido del señor FORERO y condenó a la EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S. A. (ETESA), al pago de Indemnización por Régimen Especial de Protección, en la cantidad de B/.8,054.77; Bonificación Extraordinaria B/.1,000.00; y los Salarios caídos en B/.4,587.00 y las costas de la condena se fijó en un 10%.

TERCERO

Ante la sentencia de primera instancia, la empresa demandada interpuso y sustentó recurso de Apelación, argumentando en lo medular de la misma, y, exclusivamente, que se debía reformar la sentencia impugnada, en el...

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