Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 15 de Octubre de 1993

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución15 de Octubre de 1993
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado LEOSMAR TRISTÁN, actuando en nombre y representación de J.L.C., ha promovido acción de amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en el Acta de Proceso de 27 de abril de 1993, expedida por el Jefe del Departamento de Investigaciones Técnicas de Aduanas (D.I.T.A.), Zona Norte, del Ministerio de Hacienda y Tesoro, mediante la cual se ordena el comiso temporal -por la posible comisión de un delito de tipo fiscal aduanero- de 70 cajas de cigarrillos (Packos) y del vehículo a motor marca Ford, panel, color negro, con matrícula de circulación No. 3C-1244, "el cual fue detenido en una de las puertas de salida de la Zona Libre de C. sin documento alguno que ampare dicha mercancía". (fs. 1)

De acuerdo al amparista, la orden de hacer impugnada viola los artículos 21, 22, 27, 32 y 44 de la Constitución Política, por lo que solicita que se revoque la orden de comiso del vehículo de su propiedad.

Mediante Resolución de 3 de septiembre de 1993 se admitió la acción de amparo y se solicitó al funcionario demandado que, en el término de Ley, enviara la actuación si la hay, o en su defecto un informe acerca de los hechos materia de la presente acción.

Mediante Nota No. 708-01-DITA de 7 de septiembre de 1993, el Jefe del Departamento Nacional de Investigaciones Técnicas de Aduanas remitió copia autenticada del sumario que se inicia con el acta de proceso impugnada, y que instruye el J. de ese departamento en la Zona Norte, C..

De acuerdo a las constancias sumariales, el vehículo en mención fue detectado por agentes investigadores del D.I.T.A. de la Zona Norte, Colón, en una de las puertas de entrada y salida de la Zona Libre de Colón, y dentro del mismo se encontraron 70 cajas de cigarrillos. Acto seguido se procedió a trasladar el vehículo y la mercancía a las instalaciones del D.I.T.A., ubicado en France Fields, ya que el conductor, que según investigaciones realizadas es J.C., y su acompañante se dieron a la fuga (Conf. fs. 1-4).

El Inspector de Aduanas de la Zona Libre de C.D.H.W.M.F. señala en su declaración jurada rendida el 7 de junio del año en curso, señaló entre otras cosas lo siguiente:

"...

Señor Inspector, aproximadamente a eso de las 4:15 p. m., se presentó un individuo con facciones achinadas, se dirigió al seguridad, le comentó que tenía una mercancía que consistía en Clorox, yo me percaté que el individuo se notaba muy sospechoso, alegaba ser amigo del seguridad, me dijo que ya él se había...

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