Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Febrero de 1996

Fecha16 Febrero 1996

VISTOS:

La firma forense P., M. &A., actuando en su propio nombre, interpuso ante la Corte Suprema de Justicia acción de amparo de derechos fundamentales contra orden de hacer contenida en resolución de 7 de noviembre de 1995, proferida por el Fiscal Cuarto Superior del Primer Distrito Judicial, por considerar que la orden atacada infringe los artículos 29 y 40 de la Constitución Nacional.

La demanda fue admitida por cumplir con los requisitos previstos en los artículos 654 y 2610 del Código Judicial, por lo que se solicitó a la autoridad demandada el envío de la actuación y el informe correspondiente a los hechos materia de esta iniciativa procesal (a. 2611 C.J.).

Mediante oficio Nº 3134 de 29 de diciembre de 1995, la Fiscalía Cuarta Superior del Primer Distrito Judicial remitió el informe requerido. En él se comunica que la resolución atacada fue proferida en virtud de comisión asignada por la Procuraduría General de la Nación, en relación con solicitud de asistencia judicial internacional hecha por la Corte de Casación de Bélgica. Según el informe de mérito:

"La referida solicitud de asistencia judicial guarda relación con el pago de comisiones indebidas hecho por la Sociedad Italiana Augusta en favor de Sociedades Panameñas (sic), dentro de una venta de helicópteros hecha al ejército Belga ... En este ilícito se utilizó a sociedades panameñas para encubrir a los verdaderos beneficiarios del mismo.

En el caso que nos ocupa, y siendo que la beneficiaria de las comisiones ilícitas fue la sociedad panameña MANNU BUSINESS CORPORATION cuyo agente residente es la firma PATTON, MORENO & ASVAT, se hacía indispensable determinar las personas naturales que solicitaron la Constitución (sic) de dicha sociedad a fin de que las mismas expliquen su participación en el ilícito investigado.

Lo que se busca, es rasgar el velo corporativo, para impedir que sociedades anónimas panameñas sean utilizadas como escudo para encubrir la responsabilidad de personas naturales en la comisión de ilícitos a nivel internacional" (fs. 21 y 22).

En su parte medular, la resolución atacada expresa:

"Considerando que se hace necesaria la obtención de documentos de la sociedad MANNU BUSINESS CORPORATION, relacionados al pago de comisiones por parte de la empresa AUGUSTA INTERNATIONAL o de alguna forma vinculadas a los hechos, sociedades y personas investigadas en la presente comisión; El Suscrito Fiscal Cuarto Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, DISPONE: Practicar diligencia de allanamiento y registro en las oficinas de la firma forense PATTON, MORENO & ASVAT ...

Se ordena para tal efecto la práctica de diligencia de auditoría, cuyo objeto será la verificación de los libros de registro contable y documentaciones pertinentes y así determinar el recibo de ingresos, pagos y/o realización de transacciones entre AUGUSTA S. P. A., las personas naturales y jurídicas involucradas, en especial, M.B.C. y la firma forense PATTON, MORENO & ASVAT en calidad de comisiones, servicios profesionales u otros" (f. 3).

La demandante persigue de modo concreto: a) la revocatoria de la resolución atacada, por considerar que vulnera los artículos 29 y 40 de la Carta Política, consagratorios del derecho de inviolabilidad de correspondencia y demás documentos privados, y la libertad de ejercicio de cualquier profesión u oficio, respectivamente, y...

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