Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 16 de Marzo de 2001

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense ARIAS, ALEMÁN & MORA interpuso A. de Garantías Constitucionales, en representación de la sociedad CENTRAL DE FIANZAS, S.A., contra la orden de hacer contenida en la Resolución No.235, de 19 de diciembre de 2000, emitida por el JUEZ EJECUTOR DE LA AUTORIDAD DE LA REGIÓN INTEROCEÁNICA, SECTOR PACÍFICO.

La orden de hacer atacada a través de la presente acción constitucional, está contenida en la Resolución No. 235, de 19 de diciembre de 2000, emitida por el Juez Ejecutor de la Autoridad de la Región Interoceánica, Sector Pacífico, en la que se decretó formal secuestro sobre todos los bienes muebles e inmuebles o su renta susceptibles de ésta medida, vehículos a motor, créditos, valores, dinero en efectivo, cajillas de seguridad, pertenecientes a la sociedad CENTRAL DE FIANZAS, S.A., hasta la concurrencia de la suma de QUINIENTOS MIL BALBOAS (B/.500.000.00).

Admitida la acción constitucional, se solicitó a la autoridad demandada el envío de la actuación o en su defecto, un informe sobre el caso; actuación que fue remitida en tiempo oportuno, mediante Nota No. ARI-JE-SP-958-01, de 5 de enero de 2001.

La demanda de amparo se fundamenta principalmente en los siguientes hechos:

Que mediante Resolución NO. 073-96 de 20 de agosto de 1996, la Junta Directiva de la Autoridad de la Región Interoceánica (denominada indistintamente ARI), aprobó el Contrato No. 1, para el desarrollo de las parcelas 12, 13 y 14, la Isla de Naos, la porción de la Isla de Culebra no concesionada administrativamente al Instituto Smithsonian de Investigaciones Tropicales, la Isla de P. y el 50% de Flamenco con vista a la entrada del Canal de Panamá en Amador, y en consecuencia se suscribió con ISLA FANTASIA RESORT CORP./UNITED ENTERPRISES TRUST GROUP., el Contrato No. 1, de 11 de agosto de 1996, refrendado el 8 de julio de 1997.

Señala la amparista que ISLA FANTASIA RESORT CORP/UNITED ENTERPRISES TRUST GROUP., presentó Fianza de Cumplimiento No. FCGPSO10346 de 9 de agosto de 1996, emitida por la compañía CENTRAL DE FIANZAS, S.A., por un monto total de US$500.000.00, para garantizar el cumplimiento de dicho contrato, la cual permanecería vigente hasta la fecha de inicio de las operaciones o la explotación económica de la totalidad de las obras, o el 1° de enero de 2000 lo que ocurriera primero, el Endoso de 20 de enero de 1997 y Endoso No. 002785 de 29 de marzo de 2000, el cual garantiza el cumplimiento del contrato en referencia, hasta la fecha en que se inicien las operaciones o la explotación económica de la totalidad de las obras, o el 31 de diciembre de 2000, lo que ocurra primero.

Agrega que en virtud del incumplimiento alegado por la ARI del Contrato No. 1, por parte de las citadas empresas, el referido contrato se resolvió administrativamente mediante la Resolución No. 185-00 de 8 de mayo de 2000, y se autorizó notificar a la compañía CENTRAL DE FIANZAS, S.A., el contenido de dicha resolución y reclamarle la ejecución de la Fianza de Cumplimiento No.FCGPSO10346 de 9 de agosto de 1996, el Endoso No. 1 de 20 de enero de 1997 y el Endoso No. 002785 de 29 de marzo de 2000, todos por la suma de US$500.000.00.

Agrega además, que mediante Nota No.ARI-AG-970-00 de 8 de mayo de 2000, la ARI le notificó el día 10 de mayo de 2000, a la compañía CENTRAL DE FIANZAS, que se había resuelto por incumplimiento el Contrato No. 1, y que tenían la opción de ejecutar la fianza de cumplimiento en referencia o sustituir al contratista en todos sus derechos y obligaciones, a fin de culminar el proyecto, para lo cual contaban con treinta (30) días calendarios.

Que mediante Nota fechada 9 de junio de 2000, CENTRAL DE FIANZAS, S.A. comunicó, formalmente a la ARI su decisión de subrogarse en los derechos y obligaciones del contrato en cuestión, a través de la empresa THE NEW AMADOR CORPORATION y que, oportunamente presentarían los documentos e informaciones que se requieren para...

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